STSJ Murcia , 22 de Octubre de 2001

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2001:2874
Número de Recurso883/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Social

1 TRIB.SUPERIOR DE JUSTICIA SALA SOCIAL MURCIA ssau002 SENTENCIA Nº: 1.522/2001 ROLLO Nº: RSU 883/2001 40129 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a veintidós de Octubre de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por doña Claudia , contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Murcia, de fecha 14 de mayo de 2001, dictada en proceso número 7/2001, sobre invalidez, y entablado por doña Claudia frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: "1º) La actora, Claudia , nacida el 24 de agosto de 1945 y de profesión habitual trabajadora agrícula por cuenta ajena, inició proceso de incapacidad temporal el 9 de febrero de 1999 y solicitó pensión de incapacidad permanente. 2º) Con fecha 24 de octubre de 2000 se emitió informe médico de síntesis. El Equipo de Valoración de Incapacidades elevó el 26 de octubre de 2000 propuesta de inexistencia de incapacidad permanente en ninguno de sus grados. 3º) Contra la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social que así lo acordó se interpuso la reclamación previa que fue desestimada. 4º) La actora padece las patologías siguientes: síndrome de túnel carpiano pendiente de intervención quirúrgica; recidiva de atrapamiento nervio cubital bilateral intervenido en el año 1992; columna cervical: cervicalgia, discartrosis y discreta impronta osteofitaria C5-C6 y C6- C7, discreta protrusión discal C4-C5, cuerpos vertebrales de morfología normal, rectificación de la lordosis cervical; sacroileitesis izquierda; columna lumbar: lumbalgia, discreta protrusión discal L4- L5; discreta discopatía L5-S1, cuerpos vertebrales de morfología y señal normal; hernia de hiato. 5º) La base reguladora asciende a 69.673 pesetas, y la fecha de efectos es de 26 de octubre de 2000"; y el fallo fue del tenor literal siguiente:

"Desestimando la demanda formulaa por doña Claudia frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo a la entidad gestora demandada de la pretensión deducida en su contra".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Antonio Cuadros Castaño, en representación de la parte...

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