STSJ Cataluña 689/2005, 16 de Junio de 2005
Ponente | MARIA MERCEDES CASTILLO SOLSONA |
ECLI | ES:TSJCAT:2005:14921 |
Número de Recurso | 1703/2000 |
Número de Resolución | 689/2005 |
Fecha de Resolución | 16 de Junio de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA Nº 689
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE
Dª ANA Mª APARICIO MATEO
MAGISTRADOS
D. JUAN BERTRÁN CASTELLS
Dª Mª MERCEDES CASTILLO SOLSONA
En la ciudad de Barcelona, a dieciséis de junio de dos mil cinco .
VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº 1703/2000, interpuesto por Diana , representado por el Procurador MANUEL SUGRAÑES PEROTES, contra T.E.A.R.C. , representado por la ABOGACIA DEL ESTADO .
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Mª MERCEDES CASTILLO SOLSONA, quien expresa el parecer de la SALA.
Por el Procurador MANUEL SUGRAÑES PEROTES actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra RESOL. FECHA 28-6-00 DEL TEAR DICTADA EN RECL. 43/2117/97 CONTRA ACUERDO AEAT CONCEPTO DILIGENCIA DE EMBARGO VEHICULO .
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objetodel recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
.Continuando el proceso su curso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Constituye el objeto del presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal de Dña. Diana , la Resolución del TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CATALUÑA de 28 de junio de 2000 por la que se desestimó la reclamación económico-administrativa núm. 43/2117/97 interpuesta por la actora contra acuerdo dictado por la Dependencia de Recaudación de la Delegación de Tarragona de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por el concepto de diligencia de embargo, en relación con el vehículo matrícula Q-....-EE , nº de expediente: NUM000 , por un importe de 4.253.614 pesetas.
Varias son las alegaciones efectuadas por la actora como fundamento de su pretensión, expresada en el suplico de su demanda, de que se deje sin efecto la diligencia de embargo dictada el 13 de noviembre de 1997, objeto del pleito que se sustancia. A propósito...
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