STSJ Andalucía , 13 de Septiembre de 2000

PonenteJUAN CARLOS TERRON MONTEROVALTU
ECLIES:TSJAND:2000:12534
Número de Recurso930/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2000
EmisorSala de lo Social
  1. J. SENTENCIA NÚM. 2469/2000 ILTMO. SR. D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ PRESIDENTE ILTMO. SR. D. JOAQUIN L. SANCHEZ CARRION ILTMO. SR. D. JUAN TERRON MONTERO MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a Trece de Septiembre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 930/99, interpuesto por DON Fidel contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. CINCO DE LOS DE GRANADA en fecha Veintidós de Enero de 1999 en Autos núm. 316/98 ha sido ponente el Iltmo. Sr. DON JUAN TERRON MONTERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por EL INSS Y LA TGSS, DON Fidel en reclamación sobre SEGURIDAD SOCIAL contra DON Fidel y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha Veintidós de Enero de 1999 , por la que se estimo la demanda.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - D. Fidel , el 26 de Enero de 1.996, solicito pago directo de Incapacidad Temporal, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, por proceso iniciado en 10 de Enero y del que sería dado de alta por mejoría el 16 de Mayo de 1.996, que le fue reconocido por Resolución de la Entidad Gestora que le abonó, por este concepto, 288.557 ptas, de la forma que detalla por periodos en el hecho cuarto de la demanda.

  2. - En 23 de Enero de 1.996, el demandado presento solicitud de baja en el Impuesto de Actividades Económicas, ante la Delegación de la Agencia Estatal Tributaria en Granada, consignando, como fecha de efectos del cese de actividad, el 31 de Diciembre de 1.995 y el 18 de Enero de 1.997 presento, ante la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social solicitud de baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, con efectos del 31 de Diciembre de 1.995. Conocida esta circunstancia en 27 de Febrero de 1.997 por el Instituto Nacional de la Seguridad Social mediante escrito remitido por la Tesorería General de la Seguridad Social tuvo entrada el 20 de Marzo de 1.998 la demanda que encabeza las presentes actuaciones.

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por DON Fidel , recurso que posteriormente formalizó, siendo en su momento impugnado por el contrario.

Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

UNI...

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