STSJ Comunidad de Madrid , 20 de Julio de 2004

PonenteJUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ
ECLIES:TSJM:2004:10036
Número de Recurso130/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Julio de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2 MADRID SENTENCIA: 01215/2004 RECURSO Nº 130/2.004 SENTENCIA Nº 1.215 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Ilustrísimos Señores:

Presidente:

D. Juan F López de Hontanar Sánchez Magistrados:

D. Miguel Ángel García Alonso Dª Sandra González de Lara Mingo D. Francisco Javier Canabal Conejos D. Enrique Calderón de la Iglesia En la Villa de Madrid a veinte de Julio del año dos mil cuatro.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos del recurso contencioso administrativo número 130 de 2.004, interpuesto por la entidad «Telefónica de Servicios Móviles S.A.» representado por la Procuradora Doña Magdalena Cornejo Barranco, y asistida por la Letrada Doña Rocío Hermida Gutiérrez contra la resolución dictada el 15 de Diciembre de 1.999 por la Comisión de Urbanismo de la Comunidad Autónoma de Madrid que resolvió conceder la calificación urbanística para la instalación de una estación base de telefonía móvil en el monte M-1011 del catálogo de utilidad Publica a 400 metros, por camino forestal del Punto kilométrico 11,300 margen izquierdo de la carretera M-629 de Miraflores de la Sierra a Canencia, en término municipal de Canencia, si bien condicionando la concesión a las condiciones establecidas en el informe emitido por la Dirección General de Educación y Prevención Ambiental. Ha sido parte la Comunidad Autónoma de Madrid asistida y representada por el Letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma de Madrid.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó demanda el día 11 de Febrero de 2.000, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando Sentencia por la que se acordara la disconformidad a Derecho del Acuerdo impugnado, manteniendo la calificación urbanística favorable para la instalación de una Estación Base de Telefonía Móvil, en el monte M-1011 del catálogo de utilidad Publica a 400 metros, por camino forestal del Punto kilométrico 11,300 margen izquierdo de la carretera M-629 de Miraflores de la Sierra a Canencia, en término municipal de Canencia, anulando la resolución recurrida exclusivamente en lo que se refiere a la posibilidad de la utilización conjunta del mástil, dando traslado de la Sentencia al Ayuntamiento de Canencia, para que dicte la resolución municipal que proceda en relación con la solicitud de licencia efectuada por Telefónica Servicios Móviles S. A., con condena en costas a la Administración.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado al Letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma de Madrid para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito presentado el 15 de Marzo de 2.000, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando sentencia desestimando el recurso contencioso administrativo interpuesto y confirmando la legalidad de los actos impugnados.

TERCERO

Por auto de 31 de Marzo de 2.000 se acordó recibir el recurso a prueba por término de quince días para proponer y otros treinta días para practicar, practicándose la admitida con el resultado que obra en las actuaciones.

CUATRO.- Que, no estimándose necesaria la celebración de vista pública se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado señalándose para la deliberación, votación y fallo, el día 20 de Julio de 2.004 a las 10,00 horas de su mañana en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilustrísimo Señor Don Juan F López de Hontanar Sánchez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación de la entidad «Telefónica de Servicios Móviles S.A.», interpone recurso contencioso administrativo contra la resolución dictada el 15 de Diciembre de 1.999 por la Comisión de Urbanismo de la Comunidad Autónoma de Madrid que resolvió conceder la calificación urbanística para la instalación de una estación base de telefonía móvil en el monte M- 1011 del catálogo de utilidad Publica a 400 metros, por camino forestal del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR