STSJ País Vasco , 13 de Septiembre de 2001

PonenteMARIA DEL MAR DIAZ PEREZ
ECLIES:TSJPV:2001:4600
Número de Recurso6511/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 6511/97 DE ORDINARIO SENTENCIA NUMERO 765/2001 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. ENRIQUE TORRES Y LOPEZ DE LACALLE MAGISTRADOS:

D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA Dª MARIA DEL MAR DIAZ PEREZ En la Villa de BILBAO, a trece de Septiembre de Dos mil uno. La Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 6511/97 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: la Resolución del Ayuntamiento de Bilbao, de fecha 22 de noviembre de 1.997 Son partes en dicho recurso: como recurrente D. Jon , representado por la Procuradora Dª BEGOÑA PEREA DE LA TAJADA y dirigida por Letrado.

Como demandada AYUNTAMIENTO DE BILBAO , representado por el Procurador D.GONZALO DE AROSTEGUI Y GOMEZ y dirigido por Letrado.

Siendo Ponente la Iltma Sra. Dª. MARIA DEL MAR DIAZ PEREZ, Magistrada de esta Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 22 de Diciembre de 1997 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que Dª. BEGOÑA PEREA DE LA TAJADA actuando en nombre y representación de D. Jon , interpuso recurso contencioso-administrativo contra la Resolución del Ayuntamiento de Bilbao, de fecha 22 de noviembre de 1.997; quedando registrado dicho recurso con el número 6511/97.

La cuantía del presente proceso quedó fijada en 8.825 ptas.

SEGUNDO

En el escrito de demanda , en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que, previa anulación de la resolución impugnada, declare la improcedencia de la tasa cobrada por la retirada del vehículo de la vía pública y en consecuencia, ordene la devolución de su importe 8.825 pesetas, más los intereses legales devengados.

TERCERO

En el escrito de contestación , en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso, con costas.

CUARTO

El procedimiento no se recibió a prueba, en base a los argumentos expuestos en Auto de fecha 21 de Abril de 1999, el cual damos por reproducido.

QUINTO

En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

SEXTO

Por resolución de fecha 13/07/2001 se señaló el pasado día 11/09/2001 para la votación y fallo del presente recurso.

SEPTIMO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dña. Begoña Perea de la Tajada en nombre y representación de D. Jon , la Resolución del Ayuntamiento de Bilbao, de fecha 22 de noviembre de 1.997, por la que se desestima la petición relativa a la pretensión de devolución del importe abonado en concepto de Tasa por Retirada de Vehículos de la vía pública.

Solicita la parte actora que esta Sala con estimación del recurso, anule la resolución impugnada y declare la improcedencia de la tasa cobrada, ordenando la devolución de su importe (8.825 ptas.), más los intereses legales devengados.

El Ayuntamiento de Bilbao, Administración demandada, se opone a lo solicitado de contrario, interesando la desestimación del recurso.

Segundo

En la demanda se aduce la nulidad de la resolución impugnada por infracción de normas de procedimiento ante el incumplimiento del trámite...

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