STSJ Comunidad de Madrid , 5 de Noviembre de 2001

PonenteVALERIANO PALOMINO MARIN
ECLIES:TSJM:2001:14066
Número de Recurso735/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Proc. Dª. Mª. Mar Hornero Hernández Proc. Dª. Elena Paula Yustos Capilla TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

RECURSO N° 735 de 1998 PONENTE Sr. Valeriano Palomino Marín SENTENCIA N° 972 Presidente Ilmo. Sr. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.

D. Alfonso Sabán Godoy D. Valeriano Palomino Marín D. José Tomé Paule En Madrid a cinco de noviembre de dos mil uno. Visto el recurso n° 735 de 1998 interpuesto por don Jaime representado por la Procuradora doña María del Mar Hornero Hernández y defendido por el Letrado don Enrique de Rivas López, contra decreto de la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón de 15 de enero de 1998 confirmatoria de la liquidación de la tasa de retirada de la vía pública del automóvil del recurrente con matrícula Y-....-YT el día 29 de agosto de 1997; habiendo sido parte el Ayuntamiento demandado representado por la Procuradora doña Elena Paula Yustos Capilla con dirección de Letrado.

La cuantía del recurso es de 14.000 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando que use dicte Sentencia por la que se revoque la resolución de 15 de enero de 1998 dictada por el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón y se acuerde la devolución a mi mandante de la cantidad de 14.000 ptas. con sus intereses mediante cheque cruzado librado contra la cuenta corriente de la entidad municipal que ha dictado la resolución recurrida, con expresa condena en costas a la parte demandada".

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso y "reconociendo el derecho de mi representada de exigir el pago de la tasa liquidada, condenando en costas a la recurrente por su mala fe y temeridad".

TERCERO

Denegado el recibimiento del pleito a prueba, las partes cumplimentaron el trámite de conclusiones por el que se ordenó el procedimiento, señalándose para deliberación y fallo del recurso el día 2 de noviembre en curso.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Valeriano Palomino Marín.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Tribunal ha tenido verdadera dificultad para entender el contenido de este recurso, al que han precedido las siguientes actuaciones:

  1. El día 29 de agosto de 1997 a las 21,45 horas el automóvil del recurrente se hallaba, según la Policía Municipal, estacionado en lugar donde existía señalización vertical de prohibición de estacionar siendo retirado por impedir la salida del paso de carruajes del...

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