STSJ Castilla y León , 29 de Junio de 2001

PonenteJESUS BARTOLOME REINO MARTINEZ
ECLIES:TSJCL:2001:3316
Número de Recurso2125/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso n° 2.125/96 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SEDE EN VALLADOLID SENTENCIA N° 1082 ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DON EZEQUÍAS RIVERA TEMPRANO MAGISTRADOS:

DON JESÚS BARTOLOMÉ REINO MARTÍNEZ DON ANTONIO J. FONSECA HERRERO RAIMUNDO En Valladolid, a veintinueve de junio de dos mil uno. Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:

El acuerdo de 12 de junio de 1996 de la Comisión Municipal de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de León, que desestimó el recurso de reposición Interpuesto por el Gobernador Civil de León, contra liquidación de tasa de asuras del 1° trimestre de 1996, por importe de 99.160 pesetas girada al Gobierno Civil de León.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO (Gobierno Civil de León), representado y defendido por el Abogado del Estado.

Como demandado: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LEÓN, representado por el Procurador Sr. Moreno Gil y defendido por el Letrado de la Corporación.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JESÚS BARTOLOMÉ REINO MARTÍNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, publicado edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de León y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que, declarando contraria a Derecho la Ordenanza reguladora de la tasa por recogida y eliminación de basuras y otros residuos sólidos urbanos del Ayuntamiento de León, aplicable en 1990, disponga la anulación de la liquidación impugnada en el presente recurso, con expresa imposición de costas a la Corporación demandada.

SEGUNDO

En el escrito de contestación, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso, declarando conformes a Derecho la liquidación recurrida y la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida y eliminación de basuras y otros residuos sólidos urbanos, condenando al pago de las costas del procedimiento a la parte recurrente, y con todo lo demás que sea procedente en Derecho. Por OTROSI, se solicitó el recibimiento a prueba del recurso.

TERCERO

El procedimiento se recibió a prueba, desarrollándose la misma con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Presentados escritos de conclusiones, se señaló para votación y Fallo del presente recurso el día veintisiete de los corrientes.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dejando a un lado el motivo de impugnación formal planteado en el primer fundamento de derecho de la demanda, siendo aquí reproducibles los alegatos del correlativo del escrito de contestación, la verdadera cuestión que se suscita en este proceso es la de la validez de la ordenanza municipal reguladora a cuyo amparo han sido giradas las liquidaciones recurridas. En concreto, su artículo 2 en cuanto que...

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