STSJ Canarias , 20 de Junio de 2001

PonenteLUIS SANCHEZ SERRANO
ECLIES:TSJICAN:2001:2439
Número de Recurso434/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A NÚM. 825/2001 ILMOS. SRES.

Presidente.- D. JESÚS JOSÉ SUÁREZ TEJERA Magistrado.- D. FRANCISCO JOSÉ GÓMEZ CÁCERES Magistrado.- D. LUIS SÁNCHEZ SERRANO Las Palmas de Gran Canaria, a veinte de junio de dos mil uno. Vistos, por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en esta Capital, el presente recurso núm. 434/1998, en el que interviene como demandante la entidad CREATIV HOTEL BUENAVENTURA, S.A., representada por el Procurador D. Antonio Vega González y asistida por el Letrado D. Francisco Aguiar Morales, y como Administración demandada el AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOMÉ DE TIRAJANA, representado por el Procurador D. Esteban Pérez Alemán y asistido por la Letrada Dª. Natividad León León, versando sobre resolución del Alcalde Presidente de dicho Ayuntamiento de 26 de enero de 1998, por la que se desestima el recurso de reposición formulado contra notificación de incremento de la tarifa y cuota tributaria por el concepto de Tasa sobre Recogida Domiciliaria de Basura correspondiente al segundo semestre del ejercicio de 1997, siendo de 623.100 pesetas la cuantía del procedimiento.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el 26 de diciembre de 1997 por la entidad demandante, Creativ Hotel Buenaventura, S.A., ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, recurso de reposición contra la notificación del incremento para el segundo semestre de 1997 de la Tasa sobre Recogida Domiciliaria de Basura, tal recurso fue desestimado mediante Decreto de dicho Alcalde-Presidente de 26 de enero de 1997.

SEGUNDO

La representación de la parte actora anunció a la Administración demandada e interpuso contra el referido Decreto del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana recurso contencioso-administrativo, formalizando en su día demanda con la súplica de que se dictase sentencia anulando la resolución impugnada así como la liquidación girada por dicha Corporación Municipal por el concepto tributario Tasa sobre Recogida Domiciliaria de Basura, correspondiente al segundo semestre de 1997, con devolución de las cantidades que, en su caso, se hayan ingresado por tal concepto.

TERCERO

La Administración demandada contestó a la demanda oponiéndose a ella e interesando una sentencia desestimatoria del recurso interpuesto, por la que se desestimen íntegramente las pretensiones del recurrente y se declare ajustada a Derecho y válida la resolución del Alcalde-Presidente de 27 de enero de 1998, por la que se desestiman los recursos de reposición interpuestos contra la liquidación de la Tasa sobre Recogida Domiciliaria de Basura correspondiente al segundo semestre del ejercicio de 1997.

CUARTO

Acordado el recibimiento a prueba y practicada la prueba pertinente, y no habiéndose solicitado la celebración de vista, ni habiéndose estimado necesario por la Sala dicho acto, las partes formularon conclusiones y, señalado día para votación y Fallo, tuvo lugar la reunión del Tribunal en el designado al efecto.

CUARTO

Aparecen observadas las formalidades de tramitación.

Siendo ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS SÁNCHEZ SERRANO y VISTOS los preceptos legales citados por las partes y los que son de general aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora fundamenta su pretensión alegando falta de notificación en debida forma del incremento de tarifa...

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