STSJ Comunidad de Madrid , 3 de Octubre de 2003

PonenteMARIA ROSARIO ORNOSA FERNANDEZ
ECLIES:TSJM:2003:13524
Número de Recurso1751/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Rº 1751/00 Proc. Sr. Rodriguez Pechin A.E TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

PONENTE SRA. Mª Rosario Ornosa Fernández.

RECURSO Nº.1751 de 2000 S E N T E N C I A Nº 1362 Presidente Ilmo. Sr. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.

D. Alfonso Sabán Godoy D. Valeriano Palomino Marín Dª Mª Rosario Ornosa Fernández D. Juan Pedro Quintana Carretero D. José Tomé Paule En Madrid a tres de octubre de dos mil tres.

Visto el recurso nº 1751 de 2000 interpuesto por el Proc. Sr. Rodríguez Pechin en nombre y representación de D. Evaristo contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 27 de julio de 1995 que desestimó la Reclamación núm. 11003/91 interpuesta por el actor contra la desestimación tácita por la Delegación de Hacienda de Madrid de la solicitud de rectificación de las liquidaciones presentadas en aplicación de la Ley 5/1990 del gravamen complementario de la tasa fiscal sobre el juego correspondiente a 47 máquinas recreativas tipo "B". Habiendo sido parte la Administración General del Estado representada por su Abogacía.

La cuantía del presente recurso es inferior a 25.000.000 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional se tramito el recurso num 401/1996 que finalizo con sentencia desestimatoria de fecha 24 de septiembre de 1998 , declarándose por auto de 31 de octubre de 2000 la competencia de el Tribunal Superior de Justicia para conocer del recurso contra la resolución del TEAR DE MADRID de 27 de julio de 1995.

SEGUNDO

Con fecha 15 de noviembre de 2000 se remiten las actuaciones a esta Sección 4ª donde son admitidas a tramite por resolución de 22 de diciembre de 2000 y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazada la parte actora para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en los que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos .TERCERO La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

.CUARTO No acordado el recibimiento a prueba, quedando las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo.

QUINTO

Con fecha 2 de octubre de 2003 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª. Mª Rosario Ornosa Fernández . Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se impugna a través del presente recurso la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 27 de julio de 1995 que desestimó la Reclamación núm. 11003/91 interpuesta por el actor contra la desestimación tácita por la Delegación de Hacienda de Madrid de la solicitud de rectificación de las liquidaciones presentadas en aplicación de la Ley 5/1990 del gravamen complementario de la tasa fiscal sobre el juego correspondiente a 47 máquinas recreativas tipo "B".

Se alega por el recurrente que procede la devolución de la cantidad de 10.962.750 pesetas, más los intereses legales correspondientes, ingresada indebidamente en octubre de 1990 por el...

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