STSJ Navarra , 9 de Abril de 2001

PonenteIÑIGO BARBERENA BELZUNCE
ECLIES:TSJNA:2001:712
Número de Recurso1143/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 9 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. JOAQUIN MIQUELEIZ BRONTE MAGISTRADOS, D. ANTONIO RUBIO PEREZ D. IÑIGO BARBERENA BELZUNCE En Pamplona, a nueve de abril de dos mil uno. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 1.143/96, promovido contra la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Navarra de fecha 23 de abril de 1996, por la que se desestima la reclamación nº 538/95, interpuesta contra el Acuerdo de la Dependencia de Gestión Tributaria de la Delegación de la A.E.A.T. en Navarra de 22 de noviembre de 1995, por el que, a su vez, se desestimó el recurso de reposición formulado frente a la resolución desestimatoria de la solicitud de devolución de la Tasa Fiscal sobre el Juego (2º plazo) del año 1990, siendo en ello partes: como recurrente D. Juan Ignacio , representado y dirigido por el Letrado Sr. Valdés; y como demandada, la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso contencioso-administrativo, se emplazó a la parte actora para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito de fecha 2 de octubre de 1996, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estima de aplicación, concluye suplicando se dicte sentencia estimatoria de sus pretensiones.

SEGUNDO

El Letrado de la parte demandada contestó a la demanda suplicando se dicte sentencia desestimatoria por la que se confirmen íntegramente los actos administrativos impugnados.

TERCERO

Habiendo quedado el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le correspondiese, así se verificó, como obra en autos, teniendo lugar dicha actuación procesal el día 4 de abril de 2001.

Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. IÑIGO BARBERENA BELZUNCE, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los hechos que constan probados en estos autos y que son relevantes para el enjuiciamiento de la presente litis son los siguientes:

  1. ) Con fecha 18-10-95 el recurrente en esta instancia jurisdiccional solicitó de la Delegación de la A.E.A.T. de Navarra la devolución de 708.750 pesetas correspondientes al pago efectuado el día 19-9-90 del segundo plazo de la Tasa Fiscal sobre el Juego del año 1990.

    Dicha solicitud fue desestimada por Acuerdo de la Dependencia de Gestión Tributaria de 20-10- 95.

  2. ) Contra el anterior acuerdo el actor interpuso, con fecha 21-11-95, recurso de reposición que fue igualmente desestimado por Acuerdo de la citada Dependencia de fecha 22-11-95.

  3. ) Frente a este último el actor interpuso reclamación económico-administrativa que se...

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