STSJ Andalucía , 5 de Mayo de 2006

PonenteEduardo Herrero
ECLIES:TSJAND:2006:957
Número de Recurso415/05
ProcedimientoEduardo Herrero
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. SEVILLA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN SEGUNDA

RECURSO DE APELACIÓN NÚMERO 415/05

SENTENCIA

Sres. Magistrados:

Sr. D. Antonio Moreno Andrade.

Sr. D. Eduardo Herrero Casanova.

Sr. D. Ángel Salas Gallego.

En la ciudad de Sevilla, a 5 de Mayo de 2.006.

Visto, en nombre de Su Majestad El Rey, el recurso de apelación número 415/05, dimanante del Recurso número 371/04-1 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ceuta, en el que ha sido apelante, DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE CEUTA, representada y asistida por el Sr. Abogado del Estado, y apelado, D. Leonardo, representado y defendido por el Letrado, Sr. Asencio Fernández. Se turna la ponencia al Sr. D. Eduardo Herrero Casanova, quien expresa el parecer de la Sección Segunda.

ANTECEDENTES DE HECHOS

PRIMERO

Por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ceuta se dictó Sentencia el 18 de Abril de 2.005 en el Procedimiento número 371/04-1, en virtud de la cual estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el hoy apelado contra Resolución de 12 de Agosto de 2.004 dictada por la Delegación del Gobierno de Ceuta, desestimatoria del recurso de reposición deducido contra Resolución de 28 de Abril de ese año de la misma Delegación del Gobierno que había denegado al apelado la solicitud de tarjeta familiar de residente comunitario por razones de orden público, habida cuenta que le constaban antecedentes penales, haber sido condenado por delito contra la salud pública (pena que ya había sido cumplida). El juzgador de instancia anula y deja sin efecto esas resoluciones y declara el derecho Don. Leonardo a obtener la tarjeta de residente comunitario.

SEGUNDO

Notificada la Sentencia a las partes, interpuso recurso de apelación contra ella el Sr. Abogado del Estado, quien interesó su revocación. Se opuso la representación procesal Don. Leonardo al recurso de apelación, solicitando la confirmación de la resolución apelada.

TERCERO

Remitidas las actuaciones a la Sala se formó Rollo de apelación, habiéndose observado los trámites y formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El motivo esgrimido por el Sr. Abogado del Estado apelante se contrae a la última declaración que contiene la parte dispositiva de la Sentencia, es decir, al reconocimiento del derecho del hoy apelado a obtener la tarjeta de residente comunitario por entender la representación procesal del Estado que esa facultad o potestad es privativa de la Administración, no del juez, a quien únicamente incumbe la anulación de las resoluciones combatidas por falta de motivación, si se quiere, pero nunca el reconocimiento del derecho a la obtención de la tarjeta de...

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