STSJ La Rioja , 16 de Noviembre de 2004

PonenteRAFAEL MARIA MEDINA ALAPONT
ECLIES:TSJLR:2004:599
Número de Recurso277/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2004
EmisorSala de lo Social

T.S.J.LA RIOJA SALA SOCIAL LOGROÑO SENTENCIA: 00312/2004 Sent. Nº 312/ 2004 Rec. 277/2004 Ilmo. Sr. D. Rafael Mª Medina y Alapont Presidente. : .

Ilmo. Sr. D. José Luis Díaz Roldán Ilmo. Sr. D. José Manuel Pellejero Tomás La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En Logroño, a dieciséis de noviembre de dos mil cuatro En el recurso de Suplicación nº 277/2004, interpuesto por D. Iván contra la sentencia nº 331/2004 del Juzgado de lo Social nº UNO de La Rioja de fecha 29 DE JUNIO DE 2004 y siendo recurridos MUTUA UNIVERSAL, MUGENAT, M.A.T. Y E.P. Nº 10, la CONSEJERIA DE VIVIENDAS, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES y el I.N.S.S., ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Rafael Mª Medina y Alapont .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, por D. Iván se presentó demanda ante el Juzgado de lo Social nº

UNO de La Rioja, contra MUTUA UNIVERSAL, MUGENAT, M.A.T. Y E.P. Nº 10, la CONSEJERIA DE VIVIENDAS, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES y el I.N.S.S., en reclamación de ACCIDENTE DE TRABAJO.

SEGUNDO

Celebrado el correspondiente juicio, con fecha 29 DE JUNIO DE 2004 recayó sentencia cuyos hechos declarados probados y fallo son del tenor literal siguiente:

"3HECHOS PROBADOS:

PRIMERO

Don Iván , nacido el 21 de Julio de 1950, está afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con el número NUM000 , su profesión es la de aparejador, y presta servicios en la Consejería de Vivienda, Obras Públicas y Transporte de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

SEGUNDO

Por Resolución del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de fecha 22 de abril de 1987, don Iván fue designado representante técnico de la Consejería Ordenación del Territorio y Medio Ambiente en la Comisión en materia de Control de Calidad de la Edificación y en el órgano Gestor del Sello INCE.

Por Resolución del Consejero de Obras Públicas y Urbanismo de fecha 23 de Enero de 1989, don Iván fue designado representante técnico de la Consejería de Obras Públicas y Urbanismo en el Comité

Técnico de Acreditación para el Control de la Calidad de la Edificación, en el órgano Gestor del Sello INCE, y en los distintos Comités Técnicos de Certificación AENOR.

Por Resolución de fecha 14 de Abril de 1989 del Director General de Medio Ambiente Urbanismo y Vivienda, Consejería de Obras Públicas y Urbanismo del Gobierno de La Rioja, don Carlos Jesús , se acordó que don Iván dejara de realizar las funciones que venía realizando en viviendas de protección oficial de promoción privada, y pasara a realizar tareas de promoción de viviendas, bajo las órdenes de la Jefa de Sección de la Vivienda.

Por Resolución del Consejero de Administraciones Públicas, de fecha 28 de Mayo de 1991 don Iván fue nombrado, por concurso de méritos, Jefe de Sección de Vivienda de la Dirección General de Medio Ambiente Urbanismo y Vivienda, Consejería de Obras Públicas y Urbanismo.

Por Resolución del Consejero de Presidencia y Administraciones Públicas, de fecha 31 de Enero de 1995 don Iván fue nombrado Jefe de Sección de Vivienda y Control de Calidad de la Edificación de la Dirección General de Urbanismo y Vivienda, Consejería de Obras Públicas y Urbanismo.

Por Resolución de fecha 15 de Junio de 1995 del Consejero de Obras Públicas y Urbanismo, don Iván fue nombrado o ratificado representante de la Comunidad Autónoma de La Rioja en los siguientes foros: a nivel estatal: Comisión Técnica para el Control de la Calidad de la Edificación, Comisión General de la Vivienda, Órganos Gestores Sello INCE, Comités AENOR, Subcomisión Plan de Calidad; a nivel autonómico: Secretario de la Comisión de Seguimiento de la Comisión para el Control de la Calidad en La Rioja.

Por Resolución de fecha 15 de Septiembre de 1999 del Director General de la Función Pública, Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas, don Jose Luis , se procedió a la formalización del cambio del puesto de trabajo de don Iván , de Jefe de Sección de Vivienda, Dirección General de Urbanismo y Vivienda, Grupo A/B, Nivel 24, con complemento específico de 1317036 pesetas; a Jefe de Sección de Vivienda y Calidad de la Edificación, Dirección General de Urbanismo y Vivienda, Consejería de Obras Públicas Transportes, Urbanismo y Vivienda Grupo A/B, Nivel 24, con complemento específico de 1526100 pesetas.

TERCERO

Por sentencia de fecha 20 de Marzo de 2002, de la de la (sic) Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja se reconoció el derecho de don Iván a la descalificación de su vivienda, declarando disconformes a derecho la Resolución del Director General de Urbanismo y Vivienda de fecha 10 de Octubre de 2000 y la Resolución de la Consejería de Obras Públicas Transportes, Urbanismo y Vivienda del Gobierno de La Rioja de fecha 12 de Febrero de 2001 desestimatoria del recurso de alzada contra la anterior.

CUARTO

Hasta el mes de Mayo de 2001 el señor Iván disponía de despacho propio, tenía libre acceso a todos los expedientes y organizaba el trabajo de la Sección de la que era Jefe, repartiéndolo a los negociados; pero a raíz de salir publicados unos documentos en la prensa, tuvo una discusión con el Director General don Raúl , que motivó que el Director General ordenara que el señor Iván dejara de disponer de despacho propio, pasando a ocupar dependencias comunes, con los funcionarios de su sección; que se cerraran los expedientes, entregando las llaves a la Jefa de Negociado, a fin de que ningún funcionario, ni siquiera el Jefe de sección señor Iván tuviera acceso a tales expedientes si no era solicitándolos a la Jefe de Negociado; y que el señor Iván dejara de conocer de los expedientes de

Viviendas de Protección Oficial, prohibiendo se le diera traslado de los mismo, de los que pasó a conocer el arquitecto técnico don Lucio , entonces subordinado del señor Iván .

QUINTO

El día 5 de Junio de 2001 la Junta de de (sic) Personal de la Comunidad Autónoma de la Rioja formalizó la denuncia formulada por don Iván contra el Director General de Urbanismo y Vivienda don Raúl , en síntesis que el 31 de Mayo de 2001 el señor Raúl acusó al denunciante de sustraer un informe que el denunciante había realizado, de un expediente de viviendas protegidas, comunicando a continuación a los otros funcionarios que don Iván dejaría de inmediato el despacho y pasaría a la zona de auxiliares y administrativos, y a partir de ese momento dejaría de tener acceso a los expedientes, que pasarían a ser controlados por la Jefa de Negociado, y que la Consejera la dijo al denunciante que aun sabiendo que no pudo hacer el informe por encontrarse de baja, y que no pudo por tanto desaparecer un informe inexistente, no podía desautorizar al Director General.

Dicha denuncia motivó el expediente D-08/2001, Diligencias informativas archivadas por Acuerdo del Secretario General Técnico don Jose Daniel , de fecha 12 de Noviembre de 2001, por falta de consistencia de los hechos para la posible instrucción de expediente disciplinario a don Iván , por falsa acusación contra el Director General de Urbanismo y Vivienda y contra la Consejera de Vivienda.

SEXTO

Don Iván estuvo en situación de incapacidad temporal desde el 3 de Septiembre de 2001 al 5 de Octubre de 2001 por trastorno depresivo.

SEPTIMO

Por Resolución de fecha 7 de Noviembre de 2001, del Secretario General Técnico don Jose Daniel , de la Consejería de Obras Públicas Transportes, Urbanismo y Vivienda, se impuso a don Iván la sanción de apercibimiento por la comisión de una falta leve: descuido o negligencia en el ejercicio de sus funciones, en cuestión relacionada con la cumplimentación de los impresos de dietas en las salidas oficiales.

Contra la anterior Resolución formuló el señor Iván recurso de alzada, y por Resolución del Consejero de Obras Públicas Transportes, Urbanismo y Vivienda de fecha 27 de Febrero de 2002 se acordó dejar sin efecto la Resolución de fecha 7 de Noviembre de 2001, y anular la sanción de apercibimiento impuesta a don Iván , por prescripción de la falta.

OCTAVO

Por Resolución de fecha 28 de Junio de 2002 del Secretario General Técnico don Jose Daniel , de la Consejería de Obras Públicas Transportes, Urbanismo y Vivienda, se impuso a don Iván la sanción de apercibimiento por la comisión de una falta disciplinaria leve, consistente en modificar los impresos de habitabilidad incorporando su nombre impreso en los mismos para la firma.

Contra la anterior Resolución formuló el señor Iván recurso de alzada, desestimado por Resolución de la Consejera de Obras Públicas Transportes, Urbanismo y Vivienda de fecha 31 de Octubre de 2002.

Contra la anterior Resolución formuló el señor Iván recurso contencioso administrativo, que dio lugar a los autos 76/2003 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Logroño, en los que se dictó sentencia el 3 de Junio de 2003 , anulando la Resolución de la Consejera de Obras Públicas Transportes, Urbanismo y Vivienda de fecha 31 de Octubre de 2002.

En cumplimiento de la anterior sentencia, por Resolución de fecha 23 de Febrero de 2004 del Secretario General Técnico don Imanol , se canceló la sanción impuesta a don Iván por Resolución de la Consejera de Obras Públicas Transportes, Urbanismo y Vivienda de fecha 31 de Octubre de 2002.

NOVENO

Don Iván disfrutó de vacacicones en el año 2002 en los siguientes periodos: del 15 al 24 de Julio, del 16 al 24 de Agosto y del 4 al 13 de Septiembre. Don Iván disfrutó, con motivo de las fiestas de San Mateo, de jornada festiva...

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