STSJ Aragón , 28 de Mayo de 2001

PonenteCARLOS BERMUDEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAR:2001:1550
Número de Recurso710/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Social

1 Rollo número 710/2000 Sentencia número 585/2001 MAGISTRADOS ILMOS. SRES:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO En Zaragoza, a veintiocho de mayo de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 710 de 2000 (Autos núm. 797/1999), interpuesto por la parte demandada, Mutua de Accidentes de Zaragoza, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social Nº 11, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de Zaragoza, de fecha 9 de marzo de 2000, siendo demandante Dª. Concepción y codemandados el Instituto Aragonés de Servicios Sociales , Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre incapacidad permanente total. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Concepción , contra la -MAZ-, Mutua de Accidentes de Zaragoza, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 11, y otros , sobre incapacidad permanente total -accidente de trabajo-, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 4 de Zaragoza, de fecha 9 de marzo de 2000, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que estimando la demanda formulada por Dª. Concepción contra la MUTUA PATRONAL "MUTUA DE ACCIDENTES ZARAGOZA" y contra EL NSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, declaro a la actora en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual de Auxiliar Sanitario y, en consecuencia, debo condenar a la Mutua codemandada al abono a la actora de una pensión vitalicia de 97.168 pts. mensuales, con las mejoras y revalorizaciones legales que procedan y efectos de 14 de septiembre de 1.999, declarando asimismo la responsabilidad subsidiaria del INSS para el supuesto de insolvencia de la mutua de Accidentes de Zaragoza.

Se absuelve a la Tesorería General de la Seguridad Social y al Instituto Aragonés de Servicios

Sociales".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"1º.- La actora nació el 29/03/1955,estando afiliada al Régimen General de la Seguridad Social con el num. NUM000 .

  1. .- La profesión habitual es la de Auxiliar Sanitario, prestando sus servicios en una Residencia Geriátrica, ascendiendo la base reguladora que figura en el expediente administrativo a 214.700 pts. mensuales.

  2. - La actora, como consecuencia de una lumbalgia de esfuerzo, causó baja, reputada como derivada de accidente de trabajo, el 24/11/97, siendo dada de alta el 07/01/98. Reincorporándose a su trabajo y prestando sus servicio el 08/01/98, al día siguiente, estando trabajando, causó nuevamente baja, por la misma causa, siendo - igualmente- reputada como derivada de accidente de trabajo. La Mutua codemandada, en 25/05/98, le dio alta médica, siendo dada de baja por los servicios médicos del INSALUD, si bien haciendo constar que deriva de enfermedad común, con el siguiente pronóstico: "Lumbalgia derecha.

    Discopatía L3, L4, L5 y C5 Sacro".

  3. - Impugnada el alta de 25/05/98, por el Juzgado de lo Social num. Cuatro de Zaragoza, Autos 642/98, el 1 de Marzo de 1.999 se dictó Sentencia dejando sin efecto el alta médica de 25/05/98 y condenando a la Mutua codemandada a mantener en situación de baja médica, por accidente, declarando igualmente probado que "la actora no padecía proceso patológico previo de ningún tipo".

    1. - Que el informe del EVI de fecha 14 de septiembre de 1.999, sería el siguiente cuadro clínico residual: "Protrusión difusa del borde posterior del disco intervertebral C5-C6 sin observar signos de compromiso radicular ni medular. Discretas discopatías degenerativas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR