STSJ Comunidad Valenciana 516/2003, 24 de Abril de 2003

PonenteD. Manuel Domingo Zaballos
ECLIES:TSJCV:2003:3364
Número de Recurso771/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución516/2003
Fecha de Resolución24 de Abril de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

PLAN DE REFUERZO

RECURSO N° 771/2000

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION SEGUNDA

SENTENCIA N° 516/2003

Presidente

Doña Amalia Basanta Rodríguez

Magistrados

D. Javier Martínez Marfil

D. Manuel J. Domingo Zaballos

En Valencia a veinticuatro de abril de dos mil tres.

Visto el recurso interpuesto por Doña Nuria representado por el Procurador D. Jorge Castelló Navarro y defendido por el Letrado D. Antonio Moreno Canoves contra la Resolución del Hble. Sr. Conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Generalitat Valenciana, de 18 de noviembre de 1999 aprobando definitivamente la homologación y el Plan Parcial del sector 1 PAU/5-Playa de San Juan Norte del Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Alicante, habiendo sido parte demandada la Generalitat Valenciana, representada y asistida por la Letrada de sus servicios jurídicos y el Ayuntamiento de Alicante, representado por la Procuradora Doña Celia Sin Sánchez y asistido por Letrado de sus servicios jurídicos. Es parte codemandada, LITORAL MEDITERRANEO 2, SA, representada por el Procurador D. Alfonso López Coma, y asistida por la Letrada Doña Rosa Rocamora Cañizares.

Ha sido Ponente el Magistrado D. Manuel J. Domingo Zaballos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en elque suplicó se dictara Sentencia anulando los actos impugnados y consecuentemente "la adjudicación a la mercantil "LITORAL MEDITERRANEO 2, SA" de la alternativa técnica del programa para la realización de la unidad de ejecución única del Plan Parcial San Juan Sector Norte del Plan General de Ordenación Urbana en el término municipal de Alicante, al mismo tiempo que se aperturará un nuevo período de información pública de propuestas de programa para la ejecución del referido Plan Parcial, notificándolo a todos y cada uno de los titulares catastrales afectados por la mencionada Actuación Urbanística.

SEGUNDO

La Administración demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó se desestimara la misma por ser los actos impugnados dictados conforme a derecho.

TERCERO

Se recibió el proceso a prueba, y quedaron los autos pendientes de votación y fallo.

CUARTO

Se señaló para la votación y fallo del recurso el día veintitrés de abril de dos mil tres, teniendolugar la misma el citado día.

QUINTO

En la sustanciación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Hasta llegar a la aprobación definitiva por la Consellería de Urbanismo de la Homologación y Plan Parcial del Sector 1 PAU/5-Playa de San Juan Norte- del Plan General de Ordenación Urbana de Alicante, la Administración codemandada siguió los trámites que refleja documentalmente el expediente administrativo. En lo que aquí interesa y resumidamente, resulta: a) Individualizado el sector del programa en el PGOU de 1987, con fecha 7-2-1997 y 24-3-1997 se solicitó relación de títulos catastrales de los inmuebles afectados por estar incluidos en dicho sector de "suelo urbanizable no programado". En fecha 30 de abril de 1997 se inició por Notario de Alicante la protocolización de la documentación necesaria para llevar a cabo el procedimiento de alternativa Técnica Urbanística, dándose cuenta al Ayuntamiento de Alicante de la iniciación procedimental para dar curso a dicha alternativa técnica. El edicto correspondiente sé publicó en el Diario "La Verdad" de Alicante el día 5 de mayo de 1997 y en el DOGV correspondiente al día ocho del mismo mes y año (corrección de errores enel del día 28). En dicho edicto se insertó relación de algunos de los titulares catastrales por cuanto no había podido llevarse a efecto la comunicación individualizada. Entre las mismas figuró la actora, titular catastral de la parcela NUM000 del polígono NUM001 . b) Previo dictamen de la Comisión informativa de Urbanismo, por acuerdo plenario de 12 de mayo de 1998 se estimó determinadas alegaciones, desestimándose las demás, al tiempo que con las rectificaciones que el propio acuerdo expresó sobre los instrumentos presentados por "Litoral Mediterráneo, 2 SA" se aprobaron provisionalmente el Plan Parcial con su expediente de homologación y el Programa de Actuación integrada para su ejecución (con sujeción a determinadas condiciones y rectificaciones); también se aprobó adjudicar la ejecución del programa a la mercantil proponente, delegar atribuciones en el alcalde, solicitar informes de distintos organismos y remitir la documentación al titular de la Consellería de Urbanismo interesando su aprobación definitiva

  1. No obstante lo anterior, por la alcaldía delegada se decretó el 28-12-1998 conceder un nuevo plazo de 20 días para formular alegaciones. Notificado que fue a la actora Doña Nuria el 3-2-1999, dentro del plazo abierto al efecto presentó alegaciones (el 24-2-1999, registro del día siguiente). En dicho escrito denunció haber sufrido indefensión en la medida que no había sido notificada en legal forma y en el momento oportuno, por lo que terminó solicitando la declaración de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR