STSJ Cataluña , 2 de Marzo de 2005

PonenteJOSE ANTONIO MORA ALARCON
ECLIES:TSJCAT:2005:2727
Número de Recurso2942/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Recurso nº 2942/98 Partes: Carlos José

DEPARTAMENT DE TREBALL DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA S E N T E N C I A Nº 299 Ilmos. Sres. Magistrados:

D. José Antonio Mora Alarcón Dª Mª Fernanda Navarro de Zuloaga Dª Mª Jesús Fernández de Benito D. Dimitry Teodoro Berberoff Ayuda D. Jordi Morató Aragonés Pàmies En la ciudad de Barcelona, a dos de marzo de dos mil cinco.

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN SEGUNDA), constituída para la resolución de este recurso, y actuando como Ponente el Ilmo. Sr. D. José Antonio Mora Alarcón, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº 2942/98, interpuesto por D. Carlos José , representado por el Letado D. Carmelo Reyes González, contra el DEPARTAMENT DE TREBALL DE LA GENERALITAT DE CATALUÑA, representado y defendida por la Lletrada de la Generalitat.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Letrado citado, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo frente a la resolución del Departament de Treball de la Generalitat de Catalunya de 27 de octubre de 1998, dictada por el Director General de la Seguridad Social, por la que se desestimaban los recursos ordinarios interpuestos por el actor contra la resolución del expediente de subvención financiera y renta de subsistencia núm. 696/71/98 y 697/71/98 correspondientes al programa de ayudas destinadas a la promoción de la ocupación autónoma.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Seguidamente, se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas, que las partes evacuaron haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación; y, finalmente, se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 18 de febrero de los corrientes.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que el objeto del presente recurso lo constituye la impugnaciónla resolución del Departament de Treball de la Generalitat de Catalunya de 27 de octubre de 1998, dictada por el Director General de la Seguridad Social, por la que se desestimaban los recursos ordinarios interpuestos por el actor contra la resolución del expediente de subvención financiera y renta de subsistencia núm. 696/71/98 y 697/71/98 correspondientes al programa de ayudas destinadas a la promoción de la ocupación autónoma.

SEGUNDO

Que para resolver la cuestión suscitada debemos partir de que el actor solicitó una subvención a fondo perdido y una subvención financiera para la reducción de...

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