STSJ Castilla-La Mancha , 7 de Junio de 2005

PonenteMIGUEL ANGEL PEREZ YUSTE
ECLIES:TSJCLM:2005:1407
Número de Recurso642/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.1 ALBACETE SENTENCIA: 00274/2005 Recurso nº 642/2001 TOLEDO SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera.

Presidente:

Iltmo. Sr. D. José Borrego López Magistrados:

Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez.

Iltmo. Sr. D. Miguel Angel Pérez Yuste.

SENTENCIA Nº 274 En Albacete, a siete de Junio de dos mil cinco.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla- La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 642/2001, del recurso contencioso-administrativo , seguido a instancia de la mercantil "GRUCYBSAM, S.A.", representada por el Procurador Don Trinidad Cantos Galdámez y dirigida por el Letrado Don Álvaro Baillo Osorio, contra la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, representada y dirigida por los Servicios Jurídicos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; en materia de solicitud de ayuda a los productores de determinados cultivos herbáceos.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado, Don Miguel Angel Pérez Yuste.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en 25 de Julio de 2001, recurso contencioso-administrativo contra la resolución desestimatoria, inicialmente presunta y posteriormente expresa del recurso de alzada interpuesto contra la resolución de la Dirección General de Producción Agraria.

Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando se dicte sentencia: "... por la que se estime nuestra demanda, acordando así mismo el reintegro a mi patrocinada de la cantidad de 4.446.768 pesetas (26.725,61 Euros) s.e.u.o más intereses, importe reducido indebidamente de las ayudas solicitadas, previa revisión y tasación de la cuantía correcta de dicha reducción y con expresa imposición de costas a la parte demandada".

Segundo

Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia desestimatoria del recurso.

Tercero

Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el 1 de Junio de 2005, en que tuvo lugar.

Cuarto

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Se revisa la resolución desestimatoria, inicialmente presunta y posteriormente expresa de fecha 10 de abril de 2003, del recurso de alzada interpuesto contra resolución de la Dirección General de Producción Agraria de 27 de octubre de 2000, por la que se resuelve la solicitud de ayuda a los productos de determinados cultivos herbáceos en la campaña de comercialización 1999/2000, reduciendo la ayuda solicitada.

Se fundamenta el recurso, básicamente, en la absoluta falta de motivación de la resolución de la Dirección General de Producción Agraria que impide al...

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