STSJ Cataluña , 28 de Septiembre de 2002

PonenteEMILIO VICENTE BERLANGA RIBELLES
ECLIES:TSJCAT:2002:10714
Número de Recurso2069/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Recurso n° 2069/97 Partes: Pablo C/ DEPARTAMENT DE SANITAT I SEGURETAT SOCIAL SENTENCIA N°1085 Ilmos. Sres.

MAGISTRADOS D. Emilio Berlanga Ribelles D. Dimitry Teodoro Berberoff Ayuda D. Eduardo Saavedra Maldonado En la ciudad de Barcelona, a 28 de septiembre de dos mil dos. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN 2ª), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n° 2069/97, interpuesto por Pablo , representado por el Letrado Miguel Angel Plaza Gómez, contra Departament de Sanitat i Seguretat Social, representado por el Letrado de la Generalitat. Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D.D. Emilio Berlanga Ribelles, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Letrado Sr. Miguel Angel Plaza Gómez, actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución de 11 de julio de 1997 desestimatoria del recurso ordinario formulado contra la resolución del Director General de Salut pública de 30 de abril de 1997.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por Auto de 23 de octubre de 1998 se recibió el presente pleito a prueba y, tras los trámites previstos en la Ley Jurisdiccional, quedaron las actuaciones pendientes de votación y fallo, señalándose la audiencia del 20 de septiembre de 2002.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Impugna D. Pablo la indicada resolución del titular del Departamento de Sanidad y Seguridad Social de la Generalitat de Catalunya, por entender que no se ajusta a derecho al desestimar el recurso ordinario interpuesto contra la resolución de 30 de abril de 1997 del Director General de Salud Pública, que le sancionó, como titular del establecimiento " DIRECCION003 ", por la venta de bebidas alcohólicas de más de 23 grados a menores de edad, como responsable de una infracción del artículo 7 de la Ley 10/1991, de 10 de mayo, de modificación de la Ley 20/1985, de prevención y asistencia en materia de substancias que pueden generar dependencia.

SEGUND...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR