STSJ Asturias , 18 de Julio de 2003

PonenteJORGE GONZALEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAS:2003:3516
Número de Recurso946/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución18 de Julio de 2003
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL N.I.G: 33044 4 0101327 /2002, MODELO: 46050 TIPO Y N° DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000946/2002 MATERIA: OTROS DCHOS. SEG. SOCIAL RECURRENTE/s: Gabino RECURRIDO/s: INEM JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL n°: 002 de AVILÉS DEMANDA 0000460 /2001 Sentencia número: 2393/03 Ilmos. Sres.

D. FRANCISCO JAVIER GARCIA GONZÁLEZ D. JORGE GONZÁLEZ RODRIGUEZ Dª CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ En OVIEDO a dieciocho de Julio de dos mil tres, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE S.M. EL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACION 0000946/2002, formalizado por el/la Sr./a. Letrado D/Dª. GRACIA PATRICIA RODRIGUEZ FERNÁNDEZ, en nombre y representación de Gabino , contra la sentencia de fecha catorce de noviembre de dos mil uno, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL n° 002 de AVILÉS en sus autos número DEMANDA 0000460/2001, seguidos a instancia de Gabino frente a INEM, parte demandada representada por el/la Sr./Sra. Letrado D/Dª. JOSÉ IVÁN FERNÁNDEZ ZAMORA, en reclamación por subsidio de desempleo, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. JORGE GONZÁLEZ RODRIGUEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha catorce de noviembre de dos mil uno por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El demandante, D. Gabino , tras haber agotado el 18 de abril de 2001 la prestación por desempleo, formuló el 6 de junio de 2001 ante el Instituto Nacional de Empleo solicitud de subsidio de desempleo, dictándose el 11 de junio de 2001 resolución por el Instituto demandado en la cual se deniega al actor su solicitud en base a no tener a su cargo a cónyuge, hijos menores de 26 años o mayores incapacitados o menores acogidos.

  2. - Disconforme el actor por haber constituido una unión no matrimonial de convivencia como pareja con Dª. Beatriz , formuló reclamación previa que fue expresamente desestimada el 22 de agosto de 2001.

  3. - El actor convive con Dª. Beatriz con la cual no ha contraído matrimonio.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- El Juzgado de lo Social n° 2 de Avilés fundó el pronunciamiento desestimatorio de la demanda en que carece el actor de responsabilidades familiares para tener derecho al subsidio de desempleo cuyo reconocimiento postula. El Magistrado de lo social considera que si bien el demandante convive con Dª Beatriz , la ausencia de vinculo matrimonial entre ambos impide incluir la relación personal entre las previstas en el artículo 215.2 de la Ley General de la Seguridad Social, faltando así un requisito esencial para acceder a la pretensión.

La tenencia de responsabilidades familiares constituye efectivamente un elemento fundamental para la obtención por el demandante del subsidio asistencial reclamado - ...

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