STSJ Cataluña , 17 de Enero de 2001

PonenteMARIA ANGELES VIVAS LARRUY
ECLIES:TSJCAT:2001:552
Número de Recurso6545/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución17 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 6545/2000 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL mm ILMO. SR. D. ÁNGEL DE PRADA MENDOZA ILMO. SR. D. EMILIO DE COSSIO BLANCO ILMA. SRA. Dª. ÁNGELES VIVAS LARRUY En Barcelona a 17 de enero de 2001 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 428/2001 En el recurso de suplicación interpuesto por I.N.E.M frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº17 Barcelona de fecha 30.5.2000 dictada en el procedimiento nº 104/2000 y siendo recurrido/a María Milagros . Ha actuado como Ponente el/la Ilma. Sra. Dª. ÁNGELES VIVAS LARRUY.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 7.2.2000 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Desempleo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 30.5.2000 que contenía el siguiente Fallo:

Que, estimando la demanda formulada por Dª María Milagros contra el Instituto Nacional de Empleo, reconozco a la actora el derecho apercibir el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, en cuantía del 75% del SMI vigente en cada momento, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, con efectos desde el 28.9.99 hasta, en su caso, su jubilación; condenando al INEM a estar y pasar por dicha declaración y al abono de dicho subsidio en los términos referidos.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1º.- Que la actora, Dª María Milagros , nacida el 24.11.43, con DNI NUM000 , percibió prestación por desempleo, sobre una base reguladora diaria de 3.683.- pesetas desde el 29.11.97 hasta el 28.8.99.

  1. - Que la Sra. María Milagros solicitó en el INEM, el 28.9.99, subsidio para mayores de 52 años.

  2. - Que el INEM dictó Resolución, el 15.11.99, denegando dicha petición. En el 1º de sus hechos consta lo siguiente:

    "Sus rentas superan en cómputo mensual el 75%del SMI (Por rentas de capital mobiliario y valores de Transmisión)".

  3. - Que la actora formuló reclamación previa; siendo desestimada por Resolución del INEM de 13.1.2000.

  4. - Que para el caso de estimarse la demanda, los datos del subsidio serían los siguientes:

    -base reguladora:75% del SMI vigente en cada momento, excluida la parte proporcional de dos pagas extras.

    -Efectos desde 28.9.99 hasta, en su caso, jubilación.

  5. - Que en el año 1998 la actora tuvo los siguientes ingresos:

    -904.543.- pts. de la prestación por desempleo.

    -321,095.- pts. correspondientes a rendimientos de capital mobiliario.

    -760.063.- pts. por transmisiones de valores.

  6. - Que las 760.063.- pts. por transmisión de valores recibidas por la actora resultan de las siguientes operaciones:

    -había adquirido unas acciones de Telefónica el 23.3.98; vendiéndolas el 20.4.98. Obtuvo un beneficio de 33.750.- pts..

    -había adquirido unas acciones de Telefónica el 7.11.96; vendiéndolas el 20.4.98. Obtuvo un beneficio de 13.500.- pts. -había adquirido unas acciones de Telefónica el 18.2.97; vendiéndolas el 20.4.98. Obtuvo un beneficio de 330.424.- pts. -había adquirido unas acciones de Telefónica el 3.10.95; vendiéndolas el 20.4.98. Obtuvo un beneficio de 273.660.- pts. -había adquirido unas acciones de Repsol el 6.2.96; vendiéndolas el 20.4.98. Obtuvo un beneficio de 109.269.- pts. 8º.- Que si se computan tanto los rendimientos de capital mobiliario como los de transmisión de valores antes referidos, las rentas de la actora excederían, en cómputo mensual,...

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