STSJ Andalucía , 17 de Noviembre de 2000
Ponente | ANGEL SALAS GALLEGO |
ECLI | ES:TSJAND:2000:17367 |
Número de Recurso | 2730/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 17 de Noviembre de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA SEVILLA SENTENCIA Ilmos. Sres.
D. Antonio Moreno Andrade D. Eduardo Herrero Casanova D. Ángel Salas Gallego En la ciudad de Sevilla, a 17 de Noviembre de 2000.
Vistos los autos 2730/97, seguidos ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el que ha sido parte actora Dª. Inmaculada , representada por el Procurador Sr. Ramírez Hernández, y parte demandada el Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía (TEARA), representado y defendido por el Sr. Abogado del Estado.
Se turnó la ponencia al Ilmo. Sr. D. Ángel Salas Gallego, quien expresa el parecer del Tribunal.
Interpuesto el recurso contencioso-administrativo, se presentó la demanda dentro del plazo legal.
La parte demanda en su contestación a la demanda solicitó una sentencia confirmatoria de la Resolución recurrida.
Las partes presentaron en tiempo sus escritos de conclusiones.
Señalado día para su votación y Fallo esta tuvo lugar con el resultado que a continuación se expone.
La actora formula su recurso contra la Resolución del TEARA de fecha 14 de Julio de 1997, recaída en reclamación número 41/3075/97, en cuya pieza separada de suspensión se acordó no admitir a trámite la solicitud formulada a esos efectos por insuficiencia de documentación aportada por la reclamante, cuya impugnación principal ante dicho Tribunal se refería a la desestimación del recurso de reposición interpuesto contra el expediente ejecutivo A11045234 MOP/URRE, incoado por la Dependencia Regional de
Recaudación de la Delegación Especial en Andalucía de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por acuerdo de derivación de responsabilidad subsidiaria de las deudas tributarias de la entidad mercantil "MOPIN S.L.".
De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de procedimiento en las reclamaciones económico administrativas, aprobado por Real Decreto 391/1996, de 1 de Marzo , la suspensión de la ejecución del acto recurrido se produce cuando el interesado lo solicita y aporta garantía bastante, si la ejecución provoca perjuicios de difícil o imposible reparación, con o sin...
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