STSJ Comunidad Valenciana 431/2006, 17 de Marzo de 2006

PonenteMIGUEL ANGEL OLARTE MADERO
ECLIES:TSJCV:2006:3319
Número de Recurso388/2005/
Número de Resolución431/2006
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.C.V.

Sala Contencioso Administrativo

Sección Tercera

Asunto nº " Rollo 388/05 "

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION TERCERA

En la Ciudad de Valencia, a diecisiete de marzo de dos mil seis.

Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. D. JOSE BELLMONT MORA, Presidente, D. MIGUEL ANGEL OLARTE MADERO y Doña AMPARO PÉREZ NAVARRO, Magistrados, han pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 431/06

En el recurso de apelación tramitado con el numero de rollo 388/05, en el que ha sido parte apelante Don Rafael, representado por el/la Procurador/a Don/ña Mª de los Llanos Plaza Orozco y defendido/a por el/la Letrado Don/ña Mª Ángeles Seglar Ocaña, y apelada la Delegación de Gobierno en Alicante, representada por el Abogado del Estado, y siendo Magistrado ponente el Ilmo. Sr. D. MIGUEL ANGEL OLARTE MADERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos de recurso contencioso-administrativo seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de los de Valencia con el número 386/03, a instancias de Don Rafael contra la resolución de la Subdelegación del Gobierno de la Comunidad Valenciana en Valencia, con fecha 8 de octubre de 2004 recayó sentencia, cuya parte dispositiva dice: "Debo desestimar y desestimo el recurso contencioso administrativo interpuesto por Don Rafael contra la resolución de la Subdelegación del Gobierno de Valencia, sin hacer pronunciamiento en costas".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso por la representación de la parte demandada, en tiempo y forma, recurso de Apelación que fue admitido, dándose traslado a la contraparte que no formuló oposición.

TERCERO

Elevados los indicados autos a este Tribunal, y una vez recibidos y formado el correspondiente rollo, se señaló para la votación y fallo el día 15 de marzo de 2006

CUARTO

Se han cumplido en ambas instancias todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se somete a la consideración de esta Sala y Sección la conformidad a derecho de la sentencia recurrida, que confirmando el acto administrativo deniega el permiso de trabajo y residencia a la actora al entender que existen causas para denegarlo, concretadas en la falta de acreditación por parte del solicitante de la capacitación y experiencia para desarrollar el trabajo ofertado de "injertador podador", entendiendo que la certificación de la empresa de que el trabajador extranjero ha recibido formación para dicho empleo y en la misma empresa desde 1 de febrero a 12 de abril de 2002, suponga preferencia alguna del mismo con relación a otros trabajadores españoles o extranjeros regularizados demandantes de empleo, pues estos hubieran podido adquirir la capacitación y experiencia para desarrollar el trabajo asistiendo al mismo curso de formación.

Antes de analizar los motivos de apelación, hemos de señalar que la resolución...

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