STSJ Cantabria , 10 de Diciembre de 2001
Ponente | JOSE LUIS DOMINGUEZ GARRIDO |
ECLI | ES:TSJCANT:2001:2259 |
Número de Recurso | 527/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 10 de Diciembre de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente Don César Tolosa Tribiño Iltmos. Sres. Magistrados Doña María Josefa Artaza Bilbao Don José Luis Domínguez Garrido En la Ciudad de Santander, a 10 de diciembre de 2001.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso número 527/01, interpuesto por la mercantil HEREDEROS DE LUCAS RUEDA RUGAMA, S. A., representada por el Procurador Sr. García Vihuela y defendida por el Letrado Sr. Magdalena Menchaca, contra la ADMINISTRACION DEL ESTADO (TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CANTABRIA), representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso es de 1.607.201 pesetas. Es ponente el Ilmo. Sr. D. José Luis Domínguez Garrido, quien expresa el parecer de la Sala.
El recurso se interpuso el día 10 de mayo de 2001 contra la Resolución del TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CANTABRIA de fecha 28 de febrero de 2001 por la que se declara inadmisible la reclamación Económico-Administrativa número 39/01899/00 interpuesta por el recurrente contra acuerdo denegatorio de solicitud de aplazamiento de deudas tributarias.
En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia por la que se declare la nulidad de la resolución impugnada, por ser contraria al ordenamiento jurídico.
En su contestación a la demanda, la Administración del Estado recurrida solicita de la Sala la desestimación del recurso, por ser conformes a Derecho el acto administrativo que se impugna.
No recibido el proceso a prueba, se señaló el 4 de diciembre de 2001 para votación y fallo, fecha en que efectivamente se deliberó, votó y falló.
Es objeto del presente recurso la Resolución del TRIBUNAL ECONOMICO- ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CANTABRIA de fecha 28 de febrero de 2001 por la que se declara inadmisible la reclamación Económico-Administrativa número 39/01899/00 interpuesta por el recurrente contra Resolución del Delegado Especial de la AEAT de Cantabria, de 20 de noviembre de 2000, denegatoria del recurso de reposición formulado contra la denegación de la petición de aplazamiento /
fraccionamiento de la liquidación de...
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