STSJ Murcia , 2 de Noviembre de 2001

PonenteMARIA ESPERANZA SANCHEZ DE LA VEGA
ECLIES:TSJMU:2001:2984
Número de Recurso539/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

1 Este documento está impreso por una sola cara.

RECURSO nº: 539/2000 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA SENTENCIA NÚM. 647/2001 En Murcia, a dos de Noviembre de dos mil uno. Los Iltmos. Sres. Magistrados anotados al margen han visto el presente recurso contencioso administrativo que con el nº 539/2000 pende de resolución, tramitado por las normas de PROCEDIMIENTO ORDINARIO, en cuantía indeterminada, interpuesto por don Ramón , representado por el Procurador don Vicente Marcilla Onate y defendido por el Letrado don Rafael Sánchez Esparcia, y en el que ha sido parte demandada el MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, representado y defendido por el Sr. Abogado del Estado, contra resolución de fecha 3 de marzo de 2000, del Ministerio de Administraciones Públicas, que desestima el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 23 de julio de 1999, sobre denegación de prestación socio-sanitaria.

I.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 5-5-2000, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la siguiente pretensión: que se anule y revoque la resolución recurrida por no ser procedente a Derecho, dictando otra por la que se declare la estimación de la prestación socio- sanitaria solicitada por el Sr. Ramón a la Mutua General de Funcionarios Civiles del Estado, con abono de las cantidades que el Sr. Ramón se ha visto obligado a satisfacer al centro "Los Robles", cantidad que se determinará en ejecución de sentencia, donde en la actualidad está ingresado su hijo, beneficiario de la prestación solicitada y denegada, con expresa condena en costas.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo que se dicte Sentencia por la que se desestime el recurso interpuesto y se declare ajustada a Derecho la resolución impugnada.

TERCERO

Recibido el proceso a prueba se practicaron las propuestas y admitidas con el resultado que consta en las actuaciones. Se señaló para la votación y fallo el día 26-10-2001, quedando los autos conclusos y pendientes de sentencia.

Siendo Ponente la Magistrada Iltma. Sra. doña María Esperanza Sánchez de la Vega, quien expresa el parecer de la Sala.

II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La resolución recurrida desestima el recurso de alzada interpuesto por don Ramón , contra la resolución de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 23 de julio de 1999; esta última resolución denegaba al Sr. Ramón la prestación socio-sanitaria en la modalidad de "Ayudas para internamiento en centros asistenciales psiquiátricos", por estar internado en centro no homologado; se dice que el hijo y beneficiario del recurrente, don Matías , acude a un centro que no cumple el requisito exigido en el epígrafe 3.1.b) de la convocatoria, resolución de 31 de diciembre de 1998, al no tratarse de un Centro Hospitalario.

En la demanda se alega, en esencia, lo siguiente:

- Que el apoyo legal de la solicitud denegado está en contradicción a lo establecido en la Orden de...

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