STSJ Comunidad de Madrid , 7 de Octubre de 2004

PonenteELVIRA ADORACION RODRIGUEZ MARTI
ECLIES:TSJM:2004:12317
Número de Recurso1631/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2 MADRID SENTENCIA: 01486/2004 Recurso 1631/02 SENTENCIA NUMERO 1486 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:

Presidente.

D. Javier E. López Candela.

Magistrados:

Dñª. Elvira Adoración Rodríguez Martí.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

Miguel Angel García Alonso.

Dña. Sandra González de Lara Mingo.

D. Francisco Javier Canabal Conejos.

En la Villa de Madrid, a 7 de Octubre de 2.004 Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1631/02 interpuesto por Grupo de Concejales del Partido Popular de Alcobendas representado por el Procurador D. Angel Rojas Santos contra la resolución dictada por el Pleno de dicha Corporación de fecha 21-1-02 que desestimó el recurso interpuesto contra acuerdo del Pleno que suspendía la Sesión Ordinaria del mes de Diciembre; siendo parte demandada el Ayuntamiento de Alcobendas representado por la Procuradora Dª Alicia Martínez Villoslada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de 22 de Marzo de 2.002, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada. Solicitando el recibimiento a prueba del presente recurso.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado a la representación de la parte demandada, para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 20 de Febrero de 2.003 en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Que por auto de fecha 24 de Julio de 2.003 se acordó no haber lugar a recibir a prueba el presente recurso y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término de diez días para concluir por escrito, lo que consta realizado; señalándose para la votación y fallo del presente recurso el día 7 de Octubre a las 10 horas de su mañana, en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrada Ponente la Ilustrísima Señora Doña Elvira Adoración Rodríguez Martí.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

D. Javier en su condición de portavoz del Grupo de Concejales del Partido Popular del Ayuntamiento de Alcobendas, representado por el Procurador D. Angel Rojas...

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