STSJ Comunidad de Madrid 1225/2007, 19 de Julio de 2007
Ponente | JOSE IGNACIO ZARZALEJOS BURGUILLO |
ECLI | ES:TSJM:2007:8546 |
Número de Recurso | 2778/2003 |
Número de Resolución | 1225/2007 |
Fecha de Resolución | 19 de Julio de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5
MADRID
SENTENCIA: 01225/2007
PROCURADORA DÑA. SOFIA PEREDA GIL
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTA
S E N T E N C I A 1225
Ilmos. Sres.:
Presidente:
D. José Alberto Gallego Laguna
Magistrados:
D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo
Dª María Antonia de la Peña Elías
D. Santos Gandarillas Martos
D. José Ignacio Parada Vázquez
__________________________________
En la villa de Madrid, a diecinueve de julio de dos mil siete.
VISTO por la Sala el recurso contencioso administrativo núm. 2778/2003, interpuesto por la Procuradora Dª Sofía Pereda Gil, en representación de la entidad PUBLICIDAD INTEGRAL MJT, S.L., contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 25 de julio de 2003, que desestimó la reclamación nº 28/08614/00 deducida contra liquidación derivada de acta de disconformidad relativa al Impuesto sobre el Valor Añadido, ejercicio 1997; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley de esta Jurisdicción, se emplazó a la parte actora para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó de aplicación, suplicaba se dicte sentencia por la que se anule la liquidación recurrida.
El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dicte sentencia que desestime el recurso.
No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba quedaron conclusas las actuaciones, señalándose para votación y fallo del recurso el día 17 de julio de 2007, en cuya fecha ha tenido lugar.
Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo, quien expresa el parecer de la Sala.
El presente recurso tiene por objeto determinar si se ajusta o no a Derecho la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 25 de julio de 2003, que desestimó la reclamación deducida por la entidad actora contra liquidación derivada de acta de disconformidad relativa al Impuesto sobre el Valor Añadido, ejercicio 1997, por importe de 21.996´24 euros.
La Inspección de los Tributos levantó acta de disconformidad en fecha 4 de febrero de 2000 por el impuesto y ejercicio reseñados, haciendo constar que la entidad actora se dedicaba a prestar servicios de publicidad, relaciones públicas y similares, habiendo contabilizado facturas en concepto de franqueo sin repercutir el IVA, cantidades que a juicio de la Inspección no podían ser excluidas de la base imponible del impuesto, por lo que formuló...
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SAN, 13 de Septiembre de 2021
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