STSJ Canarias , 5 de Octubre de 2001

PonenteMARIA DEL CARMEN SANCHEZ-PARODI PASCUA
ECLIES:TSJICAN:2001:3613
Número de Recurso454/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Social

Recurso 454-2001 RECURSO NUMERO: 454-2001 ¡

PRESIDENTE:

ILTMO.SR.DON.JOSE MARIA DELCAMPO Y CULLEN.

ILTMO.SR.DON.JOSE MANUEL CELADA ALONSO.

ILTMA. SRA. Dª Mª DEL CARMEN SANCHEZ PARODI PASCUA.

En Santa Cruz de Tenerife, a, cinco de octubre de dos mil uno. La Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife.

EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 454-2001, interpuesto por Ineuropa Handling Ute, frente al Auto de fecha 9 de febrero de 2001 del Juzgado de lo Social núm. Tres en los Autos R.- 405-1997 en reclamación de derecho, ha sido Ponente la ILTMA. SRA. DOÑA Mª DEL CARMEN SANCHEZ PARODI PASCUA.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Que según consta en Autos, se presentó demanda por Don Pedro Antonio y seis más, en reclamación de derecho siendo demandado Ineuropa Handling Ute e Iberia Líneas Aéreas de España, S.A. dictándose Auto con fecha 9 de febrero de 2001 por el Juzgado de referencia, con carácter desestimatorio.

SEGUNDO

Que en el citado Auto y como hechos, se declaran los siguientes: "Primero.- Con fecha 28 de noviembre de 2000, se dictó Auto en el presente procedimiento acordando Ejecutar el titulo indicado en los anteriores hechos, registrándose en el libro correspondiente bajo el número que aparece en el hecho primero de esta resolución. Requiérase en consecuencia a la Ejecutada Ineuropa Handling Ute, para que en el plazo de un mes cumpla con su obligación y de cumplimiento al fallo de la sentencia dictada en el presente procedimiento, con las advertencias contenidas en los anteriores fundamentos jurídicos. Segundo.- Con fecha 21 de diciembre de 2000, se presentó escrito por la parte ejecutada Ineuropa Handling Ute interponiendo recurso de reposición contra la anterior resolución, de lo que se dio traslado a las demás por plazo de tres días, siendo impugnado por la parte ejecutante".

TERCERO

Que por el Juzgado de lo Social núm. Tres, se dictó Auto, en cuya parte dispositiva dice:

"Desestimar el recurso de reposición interpuesto por Don Juan Ignacio en nombre y representación de la empresa Ineuropa Handling Ute, contra el Auto de Ejecución de Sentencia dictado en el presente procedimiento en fecha 28 de noviembre de 2000, manteniéndolo en todos sus términos".

CUARTO

Que contra dicho Auto, se interpuso Recurso de Suplicación por la parte demandada Ineuropa Handling Ute, siendo impugnado por la parte actora. Recibidos los Autos por esta Sala, se formó el oportuno rollo y pase al Ponente, señalándose el día l de octubre de 2001 para votación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A tenor de lo establecido en el art. l9l c) de la Ley de Procedimiento Laboral recurre la representacion de Ineuropa Handling por entender que el Auto recurrido infringe por violacion la Doctrina...

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