STSJ Andalucía , 12 de Diciembre de 2000
Ponente | ANTONIO LOPEZ DELGADO |
ECLI | ES:TSJAND:2000:19048 |
Número de Recurso | 1950/2000 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 12 de Diciembre de 2000 |
Emisor | Sala de lo Social |
M. D. SENTENCIA NÚM. 3543/00 Autos 519/99 Granada 2 ILTMO. SR. D. ANTONIO ANGULO MARTIN PRESIDENTE ILTMO. SR. D. ANTONIO LÓPEZ DELGADO ILTMO. SR. D. EMILIO LEÓN SOLÁ
ILTMO. SR. D. Federico MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a doce de diciembre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 1950/00, interpuesto por D. Luis Alberto contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. DOS de GRANADA en fecha 5 de mayo de 2.000 ha sido ponente el Iltmo.
Sr. D. ANTONIO LÓPEZ DELGADO.
En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por D. Luis Alberto en reclamación sobre PRESTACIONES contra el INEM y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 5 de mayo de 2.000, por la que desestimando la demanda interpuesta por D. Luis Alberto contra el Instituto Nacional de Empleo, debemos considerar y consideramos ajustadas a derecho las resoluciones de este Organismo de fecha 14 de abril y 15 de mayo de 1.999, debiendo absolver y absolviendo a la citada Administración de las pretensiones deducidas frente a ella.
En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:
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- D. Luis Alberto , mayor de edad, con DNI núm. NUM000 , afiliado a la Seguridad Social con el núm. NUM001 , domiciliado a efectos de notificaciones donde consta en la demanda, ha venido prestando servicios para le empresa "Euro Coci Coop. V" como trabajador fijo discontinuo hasta el día 8 de febrero de 1.999.
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- El día 16 de marzo de 1.999, el actor, solicitó el subsidio por desempleo previsto para los trabajadores eventuales del régimen especial agrario que le fue desestimado mediante resolución del INEM de fecha 14 de abril de 1.999 con fundamento en su condición de trabajador fijo discontinuo, Disconforme, el actor, con el contenido de esta resolución, el día 29 de abril de 1.999, formula reclamación previa que es desestimada mediante resolución administrativa expresa del INEM de fecha 25 de mayo de 1.999; interponiendo la demanda de autos el día 21 de junio de 1.999, núm de registro de entrada 3.230, suplicando de este juzgado el dictado de sentencia declarativa del derecho al percibo del subsidio por desempleo solicitado.
Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por D. Luis Alberto , recurso que posteriormente formalizó, no siendo en su momento impugnado por el contrario. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.
Frente a la Resolución de instancia que se impugna, en la que se deniega al actor el derecho a percibir el subsidio de desempleo como trabajador agrícola eventual, formula recurso el demandante para interesar, con amparo en el apartado b) del Art. 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , la adición de un nuevo hecho probado,...
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