STSJ Castilla-La Mancha , 10 de Septiembre de 2001

PonenteMARIANO MONTERO MARTINEZ
ECLIES:TSJCLM:2001:2505
Número de Recurso1387/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 1387/98 TOLEDO SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera.

Magistrados, Iltmos. Sres.:

D. José Borrego López, Presidente.

D. Mariano Montero Martínez.

D. Miguel Angel Pérez Yuste SENTENCIA Nº

En Albacete, a diez de septiembre de 2001.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 1387/98, del recurso contencioso- administrativo, seguido a instancia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, representada y dirigida por sus Servicios Jurídicos, contra la Tesorería General de la Seguridad Social, representada y dirigida por los suyos, en materia de reclamación de deuda. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Mariano Montero Martínez.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha 4 de agosto de 1998, recurso contencioso-administrativo contra resolución de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Toledo, de fecha 16 de junio de 1998, por la que se desestimó el recurso ordinario entablado contra reclamación de deuda nº 45-95-010394174.

Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando se dicte sentencia por la que se anule la imputación de la deuda identificada anteriormente, por importe de 16.162 pesetas, declarando que la Administración Regional no puede ser considerada responsable del pago de las deudas mencionadas.

Segundo

Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia por la que se proceda a su íntegra desestimación, con confirmación de las resoluciones administrativas que se impugnan.

Tercero

Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el tres de septiembre de 2001, en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Se somete al control judicial de la Sala, la resolución de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Toledo, de fecha 16 de junio de 1998, por la que se desestimó el recurso ordinario...

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