STSJ Comunidad de Madrid 1322/2006, 20 de Julio de 2006
Ponente | MARGARITA ENCARNACION PAZOS PITA |
ECLI | ES:TSJM:2006:9341 |
Número de Recurso | 313/2006 |
Número de Resolución | 1322/2006 |
Fecha de Resolución | 20 de Julio de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RAMON VERON OLARTE ANGELES HUET DE SANDE JUAN MIGUEL MASSIGOGE BENEGIU BERTA MARIA SANTILLAN PEDROSA JOSE LUIS QUESADA VAREA MARGARITA ENCARNACION PAZOS PITA JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9
MADRID
SENTENCIA: 01322/2006
SENTENCIA Nº 1322
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION NOVENA.
Ilmos Sres.:
Presidente:
Don Ramón Veron Olarte.
Magistrados:
Dª. Angeles Huet de Sande
D. Juan Miguel Massigoge Benegiu
Doña Berta Santillán Pedrosa
D. José Luis Quesada Varea
Dª. Margarita Pazos Pita
D. Juan Ignacio González Escribano
En la Villa de Madrid a veinte de julio del año dos mil seis.
Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el presente recurso contencioso-administrativo nº 313/06, interpuesto por la Procuradora Dª María José Polo García, en nombre y representación de D. Constantino, contra la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid de 28 de enero de 2003, que declara inadmisible por extemporánea la reclamación económico-administrativa deducida contra diligencia de embargo; habiendo sido parte la Administración demandada representada por la Abogacía del Estado.
Interpuesto el recurso, y tras los oportunos trámites, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, dándose cumplimiento a este trámite dentro de plazo, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia por la que se deje sin efecto la resolución impugnada, o, subsidiariamente, se dicte resolución por la que se levante el embargo que recae sobre la nómina del recurrente, con devolución, con los intereses aplicables, de las cantidades que hasta el momento le han sido embargadas.
Por el Abogado del Estado se contesta a la demanda, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia desestimatoria del recurso, quedando seguidamente los autos conclusos y pendientes de señalamiento para votación y fallo.
En este estado se señala para votación y fallo el día 20 de julio de 2006, teniendo lugar así.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª. Margarita Pazos Pita.
En el presente recurso contencioso-administrativo se impugna la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid de 28 de enero de 2003, que declara inadmisible por extemporánea la reclamación económico-administrativa deducida contra diligencia de embargo de devolución del Jefe de la Unidad de Recaudación de la Administración de Arganda de la AEAT, dictada en apremio sobre descubierto de...
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