STSJ Comunidad de Madrid 1322/2006, 20 de Julio de 2006

PonenteMARGARITA ENCARNACION PAZOS PITA
ECLIES:TSJM:2006:9341
Número de Recurso313/2006
Número de Resolución1322/2006
Fecha de Resolución20 de Julio de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

RAMON VERON OLARTE ANGELES HUET DE SANDE JUAN MIGUEL MASSIGOGE BENEGIU BERTA MARIA SANTILLAN PEDROSA JOSE LUIS QUESADA VAREA MARGARITA ENCARNACION PAZOS PITA JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

SENTENCIA: 01322/2006

SENTENCIA Nº 1322

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION NOVENA.

Ilmos Sres.:

Presidente:

Don Ramón Veron Olarte.

Magistrados:

Dª. Angeles Huet de Sande

D. Juan Miguel Massigoge Benegiu

Doña Berta Santillán Pedrosa

D. José Luis Quesada Varea

Dª. Margarita Pazos Pita

D. Juan Ignacio González Escribano

En la Villa de Madrid a veinte de julio del año dos mil seis.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el presente recurso contencioso-administrativo nº 313/06, interpuesto por la Procuradora Dª María José Polo García, en nombre y representación de D. Constantino, contra la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid de 28 de enero de 2003, que declara inadmisible por extemporánea la reclamación económico-administrativa deducida contra diligencia de embargo; habiendo sido parte la Administración demandada representada por la Abogacía del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso, y tras los oportunos trámites, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, dándose cumplimiento a este trámite dentro de plazo, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia por la que se deje sin efecto la resolución impugnada, o, subsidiariamente, se dicte resolución por la que se levante el embargo que recae sobre la nómina del recurrente, con devolución, con los intereses aplicables, de las cantidades que hasta el momento le han sido embargadas.

SEGUNDO

Por el Abogado del Estado se contesta a la demanda, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia desestimatoria del recurso, quedando seguidamente los autos conclusos y pendientes de señalamiento para votación y fallo.

TERCERO

En este estado se señala para votación y fallo el día 20 de julio de 2006, teniendo lugar así.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª. Margarita Pazos Pita.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso contencioso-administrativo se impugna la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid de 28 de enero de 2003, que declara inadmisible por extemporánea la reclamación económico-administrativa deducida contra diligencia de embargo de devolución del Jefe de la Unidad de Recaudación de la Administración de Arganda de la AEAT, dictada en apremio sobre descubierto de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR