STSJ Castilla-La Mancha , 13 de Julio de 2002

PonenteJOSE ANTONIO MORENO MOLINA
ECLIES:TSJCLM:2002:2019
Número de Recurso2441/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

1 Recurso núm. 2441 de 1.998 Toledo S E N T E N C I A NUM. 477 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 2ª.

Iltmos. Sres.:

Presidente:

D. Vicente Manuel Rouco Rodríguez Magistrados:

Dª. Raquel Iranzo Prades D. José Antonio Moreno Molina En Albacete a trece de Julio de dos mil dos..

Vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, los presentes autos nº. 2441 de 1.998 del recurso contencioso administrativo seguido a instancia de DON Tomás , representado y dirigido por el Letrado Sr. Martín Manzanares, (designando para oir notificaciones al Procurador D. Trinidad Cantos Galdámez). Contra el MINISTERIO DEL INTERIOR, representado y dirigido por el Abogado del Estado. Sobre SANCION POR TENENCIA DE DROGAS; siendo Ponente el Iltmo. Señor Magistrado D. José Antonio Moreno Molina; y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La representación procesal del actor interpuso recurso contencioso-administrativo el 5 de diciembre de 1998, en impugnación de la resolución de la Dirección General de Política Interior del Ministerio del Interior de 18 de septiembre de 1998, por la que se desestimó el recurso ordinario interpuesto contra la de la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha de fecha 8 de mayo de 1998 por la que se impuso al actor una sanción de 50.005 pesetas por la comisión de una infracción de las previstas en el artículo 25 de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, por tenencia ilícita de drogas.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, el recurrente terminó solicitando la anulación de la resolución recurrida e imposición de las costas a la Administración.

TERCERO

Por la Administración demandada se contestó en el sentido de oponerse, alegando, a su vez, la corrección del acuerdo recurrido y de la tramitación del expediente. Terminó solicitando la desestimación del recurso contencioso-administrativo.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba y una vez practicadas las declaradas pertinentes, después que fueron presentados los respectivos escritos de conclusiones, para votación y fallo se señaló el día 4 de julio de 2002, fecha en la que efectivamente se llevó a término, quedando los autos vistos para dictar la correspondiente Sentencia.

QUINTO

En la presente causa se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre contra la resolución de la Dirección General de Política Interior del Ministerio del Interior de 18 de septiembre de 1998, por la que se desestimó el recurso ordinario interpuesto contra la de la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha de fecha 8 de mayo de 1998 por la que se impuso al actor una sanción de 50.005 pesetas por la comisión de una infracción de las previstas en el artículo 25 de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, por...

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