STSJ La Rioja , 30 de Marzo de 2000

PonenteJOSE LUIS DIAZ ROLDAN
ECLIES:TSJLR:2000:279
Número de Recurso792/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

En Logroño a Treinta de Marzo de dos Mil. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Magistrados Ilmos. Srs. D. Valentín de la Iglesia Duarte, que la preside, y D. Jesús Miguel Escanilla Pallás, y completada por el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Luis Díaz Roldán, pronuncia, EN NOMBRE DEL REY y bajo ponencia del Magistrado Ilmo. Sr. D. José Luis Díaz Roldán, la siguiente:

S E N T E N C I ANº 170 Vistos los autos correspondientes al recurso contencioso-administrativo sustanciado en esta Sala bajo el número 792/1998 y tramitado con arreglo a las normas del procedimiento ordinario, a instancia de GERPOSA TRANSPORTES INTERNACIONAL, S. A., representada por el Procurador Don JOSÉ TOLEDO SOBRÓN y defendida por el Letrado Don JAVIER GÓMEZ ACEBO, siendo demandado el MINISTERIO DEL INTERIOR, representado y defendido, a su vez, por EL SR. ABOGADO DEL ESTADO; recurso cuya cuantía se cifró en 460.000 pesetas.

I/

ANTECEDENTES DE HECHO

-

PRIMERO

Mediante escrito presentado el 1 de Octubre de 1998 se interpuso, ante esta Sala y a nombre de GERPOSA TRANSPORTES INTERNACIONAL, S. A. recurso contencioso- administrativo contra Resolución de la Dirección General de Tráfico, de fecha 22 de Mayo de 1998, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra resolución dictada en el expediente Nº 26.004.190.071.0, de los tramitados por la Jefatura de Tráfico de La Rioja, sobre imposición de sanción de multa.

SEGUNDO

Inicialmente admitido a trámite dicho recurso, se publicó el preceptivo anuncio general y se recabó el correspondiente expediente administrativo, recibido el cual, se confirió traslado a la parte recurrente para que formulara su demanda, como así lo hizo mediante escrito presentado el 4 de Mayo de 1999, exponiendo en él los hechos propios del caso y articulando los fundamentos jurídicos que reputaba aplicables al mismo, para terminar con unos pedimentos del tenor literal siguiente: "SUPLICO: dicte en su día Sentencia por la que estimando la demanda del recurso interpuesto contra la resolución recurrida, anule la misma, de forma que si estima la Sala que procede considerar los hechos como constitutivos de falta muy grave, imponga la sanción mínima que a tal calificación proceda, en su cuantía de 231.000 pesetas".

TERCERO

Trasladada la demanda al representante procesal de la Administración demandada, evacuó el trámite de contestación, oponiéndose a ella en los términos de hecho y de derecho que entendio oportunos, y solicitando finalmente la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR