STSJ Galicia , 18 de Octubre de 2000
Ponente | BENIGNO LOPEZ GONZALEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2000:7991 |
Número de Recurso | 302/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 18 de Octubre de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
01 /0000302 /1998 SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:
S E N T E N C I A Nº 1697/2000 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Ilmos. Sres.
D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO. PTE. D. BENIGNO LOPEZ GONZÁLEZ.
D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.
En la Ciudad sede de este Tribunal, a dieciocho de octubre de dos Mil. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01 /0000302 /1998, pende de resolución de esta sala, interpuesto por Antonio , representado y dirigido por el Abogado D. Antonio , contra resolución del consejo de la Abogacía Gallega de fecha 14 /01 /1998 sobre expediente disciplinario al recurrente. Es parte como demandada EL CONEJO DE LA ABOGACIA GALLEGA, representado por el Procurador D. ANTONIO PARDO FABEIRO; siendo la cuantía del recurso la de INDETERMINADA.
Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: El recurrente interpone el presente recurso contra la resolución del Consejo de la Abogacía Gallega de fecha 14 de enero de 1998, que estima en parte recurso ordinario interpuesto contra otra de la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Ferrol, de 8 de abril de 1997, por la que se le rebaja la sanción impuesta de 4 meses de suspensión de funciones a 15 días de suspensión en ejercicio de su Profesión, como autor de una falta disciplinaria Garve.
- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia estimando el recurso, anulando las resoluciones recurridas y declarando la no responsabilidad disciplinaria del recurrente por los hechos imputados, con costas a la parte demandada.
Conferido traslado de la demanda a la representación del Consejo demandado, evacuó dicho traslado a medio de escrito de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando se dictase sentencia desestimando el recurso.
Denegado el recibimiento a prueba del recurso y finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y Fallo del recurso EL DIA ONCE DE OCTUBRE DE 2000 .
Que en la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. DON BENIGNO LOPEZ GONZÁLEZ.
Don Antonio , interpone recurso contencioso administrativo contra resolución del Consejo de la Abogacía Gallega, de fecha 14 de enero de 1998, estimatoria en parte de recurso ordinario planteado por el actor contra otra de la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Ferrol, de 8 de abril de 1997, por la que se le rebaja la sanción impuesta de 4 meses de suspensión de funciones a 15 días de suspensión en el ejercicio de la Abogacía, como autor de una falta disciplinaría grave.
Además de razones de fondo a las que luego aludiremos, la parte recurrente invoca, por un lado, la caducidad del procedimiento administrativo por haber transcurrido más de seis meses desde que se inició el expediente sin...
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