STSJ Cataluña 761/2005, 30 de Junio de 2005
Ponente | DIMITRY TEODORO BERBEROFF AYUDA |
ECLI | ES:TSJCAT:2005:14581 |
Número de Recurso | 619/2002 |
Número de Resolución | 761/2005 |
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA Nº 761
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE
D. EMILIO ARAGONES BELTRAN
MAGISTRADOS
Dª. PILAR GALINDO MORELL
D. DIMITRY T. BERBEROFF AYUDA
D. JOSE LUIS GOMEZ RUIZ
En la ciudad de Barcelona, a treinta de junio de dos mil cinco .
VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº 619/2002, interpuesto por Jose Enrique Y OTRA, representado por el Procurador ALBERTO INGUANZO TENA, contra T.E.A.R.C. , representado por la ABOGACIA DEL ESTADO.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. DIMITRY T. BERBEROFF AYUDA , quien expresa el parecer de la SALA.
Por el Procurador ALBERTO INGUANZO TENA actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contraRESOLUCIONES DE FECHA 4,03,2002 DICTADAS EN RECLAMACIONES Nº 17/163/02 Y 17/162/02POR EL CONCEPTO DE DERIVACIÓN RESPONSABILIDAD SUBSIDIARIA .
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, lostrámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
.Continuando el proceso su curso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo las Resoluciones del TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CATALUÑA (TEARC), de fecha 4 de marzo de 2002, que acuerda no admitir a trámite la solicitudes de suspensión dirigida contra acuerdo de la AEAT de Girona, declarando a los reclamantes responsables subsidiarios de diversas deudas contraídas por Area Colosos SA.
Las Resoluciones del TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CATALUÑA impugnadas, acuerdan la inadmisión a trámite de las peticiones de suspensión de acuerdo con los siguientes preceptos del REPREA ( Real Decreto 391/1996, de 1 de marzo):
-- Apartados 3 y 4 del art. 76, que establecen que la solicitud de suspensión excepcional de actos de contenido económico se presentará ante el Tribunal, en escrito independiente del de reclamación, efectuando las alegaciones que estime oportunas en orden a acreditar la imposibilidad de aportar aval, fianza o depósito, y los daños de difícil o imposible reparación que produciría la ejecución del acto impugnado, adjuntando los documentos que acrediten ambos extremos.
-- Apartado 5 del mismo precepto, que dispone que se indicará en párrafos separados la naturaleza, características, avalúo, descripción jurídica, y, según proceda, descripción física, técnica, económica y contable de la garantía ofrecida, acompañando una valoración efectuada por empresa o profesional especializado e independiente; o alegaciones relativas a la imposibilidad de aportar garantía...
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