STSJ Canarias , 7 de Junio de 2004

PonenteCESAR JOSE GARCIA OTERO
ECLIES:TSJICAN:2004:2527
Número de Recurso1579/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS.- SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO (LAS PALMAS GC).- Sección Segunda.- Ref: RCA nº 1.579/01.- SENTENCIA Ilmos Sres Presidente: Dña Cristina Paez Martínez Virel.- Magistrados:Don César José García Otero.- Dña Inmaculada Rodríguez Falcón.- En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 7 de junio de 2.004.- Visto, por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, el presente recurso nº 1.579/01, seguido por el procedimiento ordinario; en el que son partes: como recurrente, la entidad mercantil Distribuidora Industrial S.A (DISA), representada por el Procurador don Francisco Bethencourt Manrique de Lara y defendida por el Letrado don Francisco Javier Artiles Camacho; y, como Administración demandada, la Comunidad Autónoma de Canarias, representada y defendida por Letrado de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias, versando sobre infracción mediambiental, siendo la cuantía el equivalente en euros de diez millones de pesetas.- I.- A N T E C E D E N T E S .- PRIMERO.- Por Orden nº 90/01, del Excmo Sr Consejero de Política Territorial y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, se desestimó el recurso de alzada interpuesto por la entidad Distribuidora Industrial S.A. contra la resolución nº 1337 del Ilmo Sr Viceconsejero de Medio Ambiente de 16 de octubre de 2.000, que impuso a dicha mercantil la sanción de multa de diez millones de pesetas por la comisión de una infracción administrativa en materia de medioambiente consistente en el vertido al terreno de residuos peligrosos (fuel oil) en el lugar conocido como Piedra Santa, en Jinamar, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, con requerimiento a la infractora para el total restablecimiento de la zona afectada al estado anterior a la comisión de los hechos objeto del expediente, y obligación de presentar en la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural el correspondiente proyecto de restauración en el plazo de un mes a fin de proceder a su valoración, debiendo incluir en el mismo la retirada de la pista de acceso sobre el Sitio de Interés Científico de Jinamar.-

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso recurso contencioso-administrativo por el Procurador don Francisco Bethencourt Manrique de Lara en nombre y representación de Distribuidora Industrial S.A.- TERCERO.- En su momento se formalizó la correspondiente demanda en la que se pedía la estimación del recurso y anulación de la resolución recurrida.- CUARTO.- Por su parte, la Administración demandada se opuso al recurso y pidió su desestimación, tras lo cual se abrió el período probatorio a cuya finalización se dio traslado a las partes para conclusiones, que evacuaron ambas.- Fue ponente el Ilmo Sr Magistrado don César José García Otero,que expresa el parecer unánime de la Sala.-

F U N D A M E N T O S J U R I D I C O S

PRIMERO.- El punto de partida es que la Administración, en ejercicio de su potestad sancionadora, consideró probado que la mercantil Distribuidora Industrial S.A., llevó a cabo vertidos peligrosos al terreno de fuel oil, en el lugar conocido como Piedra Santa, en Jinamar, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, situando el nexo causal entre la acción típica y el resultado dañoso en la rotura de una tubería de abastecimiento de combustible a una central térmica de la compañía Unelco S.A, con lo que se dio por acreditada la negligencia de la actora en la vigilancia y conservación de sus instalaciones y su responsabilidad en la causación del daño con declaración de responsabilidad por la...

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