STSJ Navarra , 19 de Marzo de 2001

PonenteANTONIO RUBIO PEREZ
ECLIES:TSJNA:2001:551
Número de Recurso299/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. JOAQUIN MIQUELEIZ BRONTE MAGISTRADOS, D. ANTONIO RUBIO PÉREZ D. FELIPE FRESNEDA PLAZA En Pamplona, a diecinueve de marzo de dos mil uno. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 299/98, promovido contra la Resolución dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Navarra de fecha 18-11-97 desestimatoria de la Reclamación Económico Administrativa nº 383/97 interpuesto frente a la resolución sancionadora dictada por la Agencia Tributaria, Delegación de Navarra, por la que se impone al recurrente una multa de 300.000.- ptas. y el precintado e inmovilización de su vehículo por un período de dos meses; siendo en ello partes: como recurrente D. Ángel , representado y dirigido en autos por el Letrado Sr. Areopagita; y como demandado LA ADMINISTRACION, representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tras los oportunos trámites procesales, mediante escrito de 21 de junio de 1.999, se formalizó la demanda correspondiente al recurso del encabezamiento en súplica de que se dicte sentencia por la que "anule la citada resolución y en consecuencia la sanción impuesta, haciendo expresa declaración de costas del procedimiento y en definitiva, imponiendo las mismas a la administración recurrida o bien con carácter subsidiario y estimando las presentes alegaciones imponga al recurrente una sanción por importe de 50.000 pesetas sin inmovilización del vehículo propiedad del recurrente".

SEGUNDO

Efectuado el traslado correspondiente, por escrito de 5 de mayo de 2.000, se opuso a la demanda el Abogado del Estado.

TERCERO

Recibido el proceso a prueba, se denegó la practica de la interesada por la parte actora por las razones que en autos constan. Abierto el trámite de conclusiones escritas y evacuado éste por la parte demandada, el pasado día 7 de marzo ha tenido lugar la votación y fallo.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO RUBIO PÉREZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurrente fué sancionado en su condición de conductor y propietario del vehículo furgoneta LI-....-IP de 12,37 C.V. que el día 10 de enero de 1.997 circulaba utilizando combustible de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR