STSJ Murcia , 16 de Mayo de 2001

PonenteMARIANO ESPINOSA DE RUEDA-JOVER
ECLIES:TSJMU:2001:1322
Número de Recurso765/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

4 RECURSO nº 765/98 SENTENCIA nº 351/01 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

Don Abel Ángel Sáez Doménech Presidente Don Mariano Espinosa de Rueda Jover Don Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 351/01 En Murcia a dieciséis de mayo de dos mil uno. En el recurso contencioso administrativo nº 765/98 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada, y referido a: Sanción por infracción del dominio público hidráulico.

Parte demandante: Don Julián representado por el Procurador Don Alfonso Albacete Manresa y dirigido por el Abogado Don Emilio Díez de Revenga Torres.

Parte demandada: Administración Civil del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado: Resolución de 19 de febrero de 1997 de la Confederación Hidrográfica del Segura por la que se impone al actor una sanción de 300.000 ptas y se le ordena la clausura del pozo construido en el plazo de 15 días, con al apercibimiento de ejecución subsidiaria.

Pretensión deducida en la demanda: Se dicte sentencia por la que estimando el recurso, anule el acto recurrido con todas sus consecuencias legales, por no ser conforme a Derecho.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Mariano Espinosa de Rueda Jover, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 7 de abril de 1998 y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 4 de mayo de 2001.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La Confederación Hidrográfica del Segura impuso al actor, mediante la resolución impugnada en este recurso y recaída en el expediente DP 57/97, una sanción de 300.000 ptas ordenándole además la clausura de un pozo construido con apercibimiento de ejecución subsidiaria. Los hechos imputados era la construcción de un pozo sequía que le fue autorizado en expediente de referencia PS 643/95 fuera de plazo y la autorización ya caducada. Además se le comunicaba la orden del Ilmo.

Sr.Comisario de Aguas, de prohibición de funcionamiento existente en relación a todos los pozos de sequía de la cuenca, entre los que se encontraba el de su propiedad, conforme lo acordado por la Junta de Gobierno de dicha Confederación en septiembre de 1996, de que no se prorrogaban las autorizaciones de los mismos.

SEGUNDO

Los motivos de...

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