STSJ Cataluña 561/2005, 1 de Julio de 2005

PonenteJOAQUIN JOSE ORTIZ BLASCO
ECLIES:TSJCAT:2005:14402
Número de Recurso55/2004
Número de Resolución561/2005
Fecha de Resolución 1 de Julio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 561/2005

ILMOS. SRES.:

PRESIDENTE:

DON JOAQUIN JOSÉ ORTIZ BLASCO

MAGISTRADOS:

DON ALBERTO ANDRÉS PEREIRA

DON JUAN FERNANDO HORCAJADA MOYA

DON JOSÉ MANUEL DE SOLER BIGAS

En la ciudad de Barcelona, a uno de julio de dos mil cinco.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION QUINTA), ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso de apelación número 55/2004, interpuesto por DON Luis Alberto , representado por el Procurador DON JOSE RAFAEL ROS FERNÁNDEZ y dirigido por el Letrado DON FERNANDO ARAUJO LOPERENA, siendo parte apelada el AYUNTAMIENTO DE SALOU, representado por el Procurador DON ÁNGEL QUEMADA RUIZ y dirigido por Letrado DON ENRIC- DANIEL OLLÉ I BIDÓ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el recurso contencioso-administrativo nº 104/2003, tramitado ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Tarragona, se dictó Sentencia el 29 de junio de 2004 , en la que declara la inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la resolución del Alcalde de Salou, de 3 de marzo de 2003, que acuerda inadmitir el recurso de alzada formulado contra la resolución del Alcalde de Salou, de 25 de noviembre de 2002, que acuerda imponer una sanción de 4.500 euros por la comisión de una infracción calificada como muy grave, prevista en el artículo 23 f) de la Ley 10/1990, de 15 de junio , sobre policía del espectáculo, las actividades recreativas y los establecimientos públicos.

SEGUNDO

Contra la referida Sentencia se interpuso por la defensa de don Luis Alberto recurso de apelación que fue admitido a trámite, elevándose las actuaciones a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.TERCERO.- Turnado a la Sección 5ª de dicho Tribunal, se acordó por providencia de 1 de diciembre de 2004, formar el oportuno rollo, y designar Magistrado Ponente al Ilmo. Sr. DON JOAQUIN JOSÉ ORTIZ BLASCO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso de apelación se dirige contra la Sentencia dictada el 29 de junio de 2004 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Tarragona , en la que declara la inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la resolución del Alcalde de Salou, de 3 de marzo de 2003, que acuerda inadmitir el recurso de alzada formulado contra la resolución del Alcalde de Salou, de 25 de noviembre de 2002, que acuerda imponer una sanción de 4.500 euros por la comisión de una infracción calificada como muy grave, prevista en el artículo 23 f) de la Ley 10/1990, de 15 de junio , sobre policía del espectáculo, las actividades recreativas y los establecimientos públicos.

SEGUNDO

La tesis de la parte apelante de que el Ayuntamiento de Salou ha resuelto un recurso no dirigido contra él no es admisible. En la notificación de la resolución del Alcalde de Salou, de 25 de noviembre de 2003, que acuerda imponer a don Luis Alberto una sanción de 4.500 euros por la comisión de una infracción calificada como muy grave, prevista en el artículo 23 f) de la Ley 10/1990, de 15 de junio , sobre policía del espectáculo, las actividades recreativas y los establecimientos públicos, expresamente se le hace saber que contra la misma, que no es definitiva en vía administrativa, puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado (folios 41 a 43 expediente...

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