STSJ Extremadura , 16 de Octubre de 2000

PonenteDANIEL RUIZ BALLESTEROS
ECLIES:TSJEXT:2000:2020
Número de Recurso1857/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 1.421 PRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY .

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FATIMA DE LA CRUZ MERA/

En Cáceres a dieciseis de octubre de dos mil.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 1.857 de 1.997, promovido por la Procuradora Dª Ana Collado Díaz, en nombre y representación del recurrente D. Héctor , siendo demandada LA JUNTA DE EXTREMADURA, representada y defendida por el Sr. Letrado de la Junta de Extremadura; recurso que versa sobre: Resolución dictada por el Consejero de Presidencia y Trabajo de la Junta de Extremadura con fecha 10-6-97, en el Expediente H-624/96, sobre sanción económico-administrativa impuesta por horario de cierre.

Cuantía 115.000 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.-

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.-

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. DANIEL RUIZ BALLESTEROS.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El demandante Don Héctor formula recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de la Consejería de Presidencia y Trabajo, de fecha 10 de Junio de 1997, que acordaba inadmitir el recurso ordinario formulado contra la Resolución de la Dirección General de Administración Local e Interior, de 17 de Marzo de 1997, por haberse presentado fuera de plazo. La parte recurrente expone en su escrito de demanda que el recurso fue presentado en la Oficina de Correos dentro del plazo de un mes señalado en el artículo 114,2 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La Administración Autonómica demandada,...

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