STSJ Comunidad Valenciana 573/2006, 21 de Marzo de 2006

PonenteEDILBERTO JOSE NARBON LAINEZ
ECLIES:TSJCV:2006:1807
Número de Recurso1423/2003/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución573/2006
Fecha de Resolución21 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.C.V.

Sala Contencioso Administrativo

Sección Tercera

Asunto nº "1423/2003 "

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD

VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

En la Ciudad de Valencia, Veintiuno de Marzo de dos mil seis.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por:

Presidente:

Ilmo. Sr. D. Edilberto Narbón Láinez.

Magistrados Ilmos. Srs:

Dña. Desamparados Iruela Jiménez

D. Manuel J. Domingo Zaballos, SENTENCIA NUM: 573/06

En el recurso contencioso administrativo num. 1423/2003, interpuesto por GUMERSEBAS S.L. representada por el Procurador DÑA. MERCEDES SOLER MONFORTE y dirigida por el Letrado D. ANGEL MUÑOZ PAZ contra " Resolución de la Consellería de Obras Públicas, urbanismo y Transportes de 26.05.2003 desestimando recurso ordinario contra resolución del Servicio Territorial de Transportes de 10.02.2003 imponiendo sanción muy grave por a) realizar transporte de gasóleo llevando un extintor con la fecha de la última inspección caducada (Exp.- TTES/040402/15027-con sanción de 1500 Euros) b) Realizar transporte de gesóleo de Aldaya hasta Almussafes careciendo de carta de porte (Exp.- TTES/040402/15027-con sanción de 1500 Euros).

Habiendo sido parte en autos como Administración demandada CONSELLERIA DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO Y TRANSPORTES, representada y dirigida por sus SERVICIOS JURÍDICOS y Magistrado ponente el Ilmo. Sr. D. EDILBERTO JOSÉ NARBON LAINEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 62 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día quince de Febrero de dos mil seis.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente proceso la parte demandante GUMERSEBAS S.L. interpone recurso contra " Resolución de la Consellería de Obras Públicas, urbanismo y Transportes de 26.05.2003 desestimando recurso ordinario contra resolución del Servicio Territorial de Transportes de 10.02.2003 imponiendo sanción muy grave por a) realizar transporte de gasóleo llevando un extintor con la fecha de la última inspección caducada (Exp.- TTES/040402/15027-con sanción de 1500 Euros) b) Realizar transporte de gesóleo de Aldaya hasta Almussafes careciendo de carta de porte (Exp.- TTES/040402/15023-con sanción de 1500 Euros).

SEGUNDO

Para la resolución del caso examinado es necesario tomar como antecedentes de hecho:

  1. -Sobre las 11'30 horas del 18.02.2002 se denunció al vehículo matrícula NUM000 con trajeta de transporte NUM001 propiedad de GUMERSEBAS S.L. en el punto kilométrico 10 CV33 dirección a Torrente.

  2. -Instruido el oportuno expediente la parte demandante es sancionada vía 140-b) de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre en relación con el art. 33 del Real Decreto 2115/1998.

TERCERO

Como argumentos de oposición de la parte demandante se dan los siguientes:

  1. - Falta de Tipicidad.

    La primera de las infracciones es por llevar un extintor caducado, el art. 140 b) antes de la reforma...

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