STSJ Cataluña , 16 de Octubre de 2000

PonenteFRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS
ECLIES:TSJCAT:2000:12795
Número de Recurso4305/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 4305/2000 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL .asm ILMO. SR. D. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL ILMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS ILMO. SR. D. JOSÉ CÉSAR ÁLVAREZ MARTÍNEZ En Barcelona a 16 de octubre de 2000 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 8255/2000 En el recurso de suplicación interpuesto por Ernesto frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº17 Barcelona de fecha 7 de marzo de 2000 dictada en el procedimiento nº 868/1999 y siendo recurrida UGINE IBERICA, S.A. y Luis María . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 23 de septiembre de 1999 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Varios cantidad, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 7 de marzo de 2000 que contenía el siguiente Fallo:

Que, desestimando la demanda formulada por D. Ernesto frente a la empresa UGINE IBERICA, S.A., y D. Luis María , debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones que en su contra se formularon.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1º.- Que el actor, D. Ernesto , mayor de edad, con D.N.I. nº NUM000 , ingresó a prestar servicios para la empresa UGINE IBERICA, S.A., dedicada a la actividad de taller mecánico, en fecha 01.11.79.

  1. -Que la retribución bruta del demandante en el mes de Junio de 1997, incluida la prorrata de las pagas extras, ascendió a 490.796 ptas.

  2. - Que el Sr. Ernesto ostenta la categoría profesional de DIRECCION001 General, (DIRECCION001 de Producción).

  3. - Que el actor entregó en la empresa UGINE IBÉRICA, S.A. , en fecha 10.06.97, la siguiente carta:

    "Muy Sres. míos:

    Por la presente pongo en su conocimiento, la decisión que he tomado de rescindir mi contrato el próximo 30 de Junio de 1997.

    Asimismo, solicito me sea concedida una excedencia de trabajo por un año".

  4. - Que UGINE IBERICA, S.A., entregó al actor, el 13.06.97, la siguiente misiva:

    "Apreciado Sr. Ernesto :

    En relación con su carta del pasado día 10.06.97 por la que anunciaba a esta Empresa su intención de causar baja en la misma y solicitaba una excedencia por un año, esta Empresa no puede más que lamentar su decisión por los trastornos que dicha baja producirá en la organización de la misma.

    En cualquier caso, y en cumplimiento de lo establecido en el punto segundo del artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores, esta Empresa está dispuesta a concederle la excedencia mínima de dos años legalmente prevista, a contar desde el próximo 30 de junio de 1997, fecha en la que Ud. causaría baja en la Empresa.

    Dado que Ud. ha solicitado una excedencia por tiempo inferior al legalmente establecido, y que la Empresa no está en disposición de acceder a tal solicitud por los trastornos organizativos que su sustitución por un año ocasionaría, le rogamos que, tras la recepción de la presente, confirme por escrito si causará baja en la Empresa el próximo día 30 de junio, y si le interesa acogerse a esa excedencia por dos años propuesta por la Empresa.

    Por otro lado, nos permitimos recordarle que, mientras el contrato esté suspendido no tendrá Ud. obligación de prestar servicios a esta Empresa, ni esta última a remunerarle por los mismos. En cualquier caso, durante dicho período de suspensión seguirá vigente el deber de lealtad y el principio de buena fe que debe regir su relación con UGINE IBERICA, S.A. Atentamente".

  5. - Que el Sr. Ernesto entregó en la empresa, el 18.06.97, la siguiente comunicación:

    "A LA ATENCIÓN DEL JEFE DE PERSONAL Muy Sr. Mío:

    En contestación a su escrito de fecha 13 de Junio, le comunico que efectivamente causaré baja el próximo 30 de Junio de 1997.

    Asimismo confirmo, que me interesa la excedencia por dos años propuesta por la Empresa.

    Atentamente".

  6. - Que el actor firmó la correspondiente liquidación el 30.06.97.

  7. - Que la empresa demandada recibió del actor, el 30.03.99, la siguiente carta:

    "Muy señores míos, En el mes de junio del año 1997 el que suscribe dirigió una Carta a la empresa Ugine Ibérica S.A. en la que solicitaba una Excedencia de 1 año de duración. Como consecuencia de esta comunicación, la empresa que Uds. representan, mediante Carta fechada en 13 de junio de 1997, me concedieron una Excedencia de dos años de duración que fue confirmada por mi persona mediante Carta fechada en 18 de junio del mismo año, aceptando la Excedencia de dos años propuesta por la empresa. En definitiva, como Uds. saben, desde el día 1 de julio de 1997 y hasta el día 30 de junio de 1999 estoy en situación de Excedencia en la empresa Ugine Ibérica de acuerdo con el contenido de las Cartas referenciadas.

    Por medio del presente escrito les comunico, de forma expresa, mi voluntad de reincorporarme a la empresa UGINE IBERICA, S.A. en fecha 1 de julio de 1999, poniendo fin a la situación de Excedencia concedida por Uds., sirviendo la presente Carta de comunicación fehaciente de mi voluntad de poner fin al período de Excedencia y volver a trabajar en Ugine Ibérica, S.A. Asimismo, les pongo de manifiesto mi total disponibilidad para reincorporarme a la empresa que Uds. dirigen a partir de la fecha en que reciban la presente comunicación.

    De acuerdo con lo manifestado en el presente escrito les ruego que me indiquen el día y hora en que puedo reincorporarme a mi trabajo en la empresa UGINE IBERICA S.A. que Uds. dirigen.

    Asimismo, les agradecería que cualquier notificación que me realicen con relación a esta solicitud sea dirigida a la dirección indicada en el encabezamiento del presente escrito.

    Atentamente les saluda".

  8. - Que UGINE IBERICA, S.A., remitió al actor, el 12.04.99, la siguiente comunicación:

    ""Viladecans, 9 de abril de 1999 Apreciado Sr. Ernesto :

    Nos dirigimos a Ud. para acusar recibo de su atenta carta de 25 de marzo de 1999, en la que nos indica su intención de reincorporarse a esta Empresa tras concluir el período de excedencia por dos años por Ud. solicitado, el próximo 1 de julio de 1999.

    En la actualidad, su anterior puesto de trabajo viene siendo desempeñado por Don. Luis María . sin embargo, tal y como señala el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores, esta empresa le comunicará de forma inmediata cualquier vacante que en ese puesto o en cualquier otro de similar categoría se produzca, a partir de la finalización del período de excedencia por Ud. solicitado.

    Esperando poder volver a contar pronto con sus servicios.

    Atentamente le saluda".

  9. - Que se presentó papeleta de conciliación el 21.07.99. Se celebró el acto de conciliación el 02.09.99. La demanda se formuló el 30.07.99.

  10. - Que el profesiograma del actor era el siguiente:

    * tenía a su cargo el personal de Producción; con las funciones y responsabilidades siguientes:

    - asegurar que los productos se producen conforme a las Instrucciones establecidas.

    - Colaborar con Administración de Producción, en particular para el seguimiento de la programación de las máquinas, y con el Almacén Central.

    - Seguir y vigilar que el personal aplique las Instrucciones de seguridad en el trabajo, así como la conservación de los stocks.

    - Realizar la gestión de stoks de consumibles necesarios para la producción.

    - Realizar el autocontrol a los productos en proceso y controlar que la calidad de los productos es la requerida.

    - Cuidar del buen mantenimiento de las instalaciones y maquinaria.

    - Efectuar la logística de los embalajes en el proceso.

    Gestionar el personal de Producción.

    - Presenta los planos anuales de Calibración, Instrucciones de Control, Instrucciones de orden y limpieza.

    - Analizar y sugerir actividades y/o propuestas encaminadas a la mejora en materia de Seguridad, Productividad y Calidad.

  11. - Que debido a la evolución de la empresa, el actual profesiograma del DIRECCION001 General es el siguiente:

    * tiene a su cargo el personal de Producción; con las funciones y responsabilidades siguientes:

    - asegurar que los productos se producen conforme a las Instrucciones establecidas.

    - Colaborar con Administración de Producción, en particular para el seguimiento de la programación de las máquinas, y con el Almacén Central.

    - Seguir y vigilar que el personal aplique las Instrucciones de seguridad en el trabajo, así como la conservación de los stocks.

    - Realizar la gestión de stocks de consumibles necesarios para la producción.

    - Realizar el autocontrol a los productos en proceso y controlar que la calidad de los productos es la requerida.

    - Cuidar del buen mantenimiento de las instalaciones y, maquinaria.

    - Efectuar la logística de los embalajes en el proceso.

    - Gestionar el personal de Producción.

    - Analizar y sugerir actividades y/o propuestas encaminadas a la mejora en materia de Seguridad, Productividad y Calidad.

  12. - Que el Sr. Ernesto dependía del DIRECCION000...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR