STSJ Comunidad de Madrid , 29 de Junio de 2004

PonenteJOSE FELIX MARTIN CORREDERA
ECLIES:TSJM:2004:8904
Número de Recurso2727/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Junio de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 2.727/97 T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1 MADRID SENTENCIA: 00859/2004 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2.727/97 ORDINARIO SENTENCIA NUMERO 859 PRESIDENTE Don Alfredo Roldán Herrero.

MAGISTRADOS Doña Clara Martínez de Careaga y García.

Doña Francisca Rosas Carrión Doña María Jesús Vegas Torres.

Don Francisco Javier Sancho Cuesta.

Don José Félix Martín Corredera.

En la Villa de Madrid, a veintinueve de junio de dos mil cuatro.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 2727/97 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de 16 de octubre de 1997 por el que se aprobó definitivamente, a excepción de determinados ámbitos, la revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del término municipal de Torrelodones.

Son partes en dicho recurso: como recurrente don Juan Pablo , quien ha intervenido en su propio nombre y defensa, por su condición de abogado.

Como demandados: La Comunidad Autónoma de Madrid, representada y dirigida por Letrado de sus Servicios Jurídicos y el Excmo. Ayuntamiento de Torrelodones, representado por la procuradora doña Blanca Berriatúa Horta y dirigido por el letrado don José Luis Giner López.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia estimatoria del recurso anulando los actos impugnados en el presente recurso.

SEGUNDO

Dado traslado a los demandados para contestar a la demanda, lo hicieron por medio de sendos escritos, en los que alegan cuántos hechos y fundamentos de Derecho consideran aplicables, terminando con la súplica a la Sala que dicte sentencia desestimatoria y que se confirme, como ajustado a Derecho, el acto impugnado.

TERCERO

Para la votación y fallo, se señaló para votación y Fallo el día 24 de junio de 2004, fecha en que tuvo lugar.

Ha sido ponente el magistrado don José Félix Martín Corredera, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de este recurso contencioso administrativo el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de 16 de octubre de 1997 por el que se aprobó definitivamente, a excepción de determinados ámbitos, la revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del término municipal de Torrelodones.

En su prolijo escrito, se queja el recurrente de que el planeamiento le ha frustrado su aspiración de construir una vivienda familiar aislada en una parcela que adquirió con esa finalidad en la parcela número NUM000 de la urbanización Arroyo de Trofas, en cuya construcción tenía especial interés porque tiene un hijo minusválido y serviría mejor al bienestar de éste, acentuando que antes de llevar a cabo la compra recabó la oportuna información al...

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