STSJ Andalucía , 1 de Octubre de 2001

PonenteRAFAEL PUYA JIMENEZ
ECLIES:TSJAND:2001:13277
Número de Recurso3535/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 1 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

SECCIÓN PRIMERA RECURSO 3.535/1.997 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SENTENCIA NÚM. 631 DE 2.001 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Iltmo. Sr. Presidente:

Don Rafael Puya Jiménez Iltmos. Sres. Magistrados Don Juan Manuel Cívico García Doña María Luisa Martín Morales

En la ciudad de Granada, a uno de octubre de dos mil uno. Ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 3.535/1.997 seguido a instancia de EL ESTADO, que comparece representado por el Sr. Abogado del Estado, en la representación que del mismo y de sus Organismos Autónomos ostenta por ministerio de la Ley, siendo parte demandada el AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE ALMERÍA, en cuya representación comparece el Procurador D. José Gabriel García Lirola y dirigido por Letrado. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Abogado del Estado se interpuso recurso contencioso-administrativo el día 31 de julio de 1.997, contra resolución de fecha 25/5/97 que aprobó definitivamente presupuesto para 1.997 con incremento de retribuciones del personal. Admitido a trámite el recurso se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.

SEGUNDO

En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por suplicar a la Sala que dicte sentencia en la que anule, por no ser conforme a derecho, el acto impugnado.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó que se dicte en su día sentencia, en la que tras la desestimación del presente recurso contencioso-administrativo declare ajustados a derecho los actos administrativos recurridos.

CUARTO

Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en este período probatorio, se practicó aquella prueba que, propuesta en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinente, incorporándose la misma a los autos con el resultado que en ellos consta.

QUINTO

Declarado concluso el período de prueba en estos autos y al no solicitar las partes celebración de vista pública, ni estimarse la misma necesaria por la Sala, se acordó darles traslado para trámite de conclusiones sucintas, cumplimentándose el mismo por medio de escritos en los que reiteraban las peticiones contenidas en los escritos de demanda y contestación. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. Don Rafael Puya Jiménez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna por la Abogacía del Estado, en el presente recurso contencioso- administrativo, el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Alhama de Almería de fecha 29 de mayo de 1.997, por el que se aprobó definitivamente el presupuesto de la Corporación para 1.997, que contenía un incremento de las retribuciones del personal, en particular al incluir una...

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