STSJ Cataluña , 22 de Noviembre de 2001

PonenteDIMITRY TEODORO BERBEROFF AYUDA
ECLIES:TSJCAT:2001:14555
Número de Recurso3074/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Recurso n°. 3074/ 1996 Partes: Doña Sandra C/ Tesorería General de la Seguridad Social SENTENCIA N°.1521 En la ciudad de Barcelona, a veintidós de noviembre de dos mil uno. Don Dimitry t Berberoff Ayuda, Magistrado de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (Sección Segunda), ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°. 3074/1996, interpuesto por Doña Sandra , representada y defendida por la Letrada Doña Neus Casajuana Botines, contra la Tesorería General de la Seguridad Social, representada y asistida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos Don José Domingo Domingo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte recurrente, mediante su representación procesal, interpuso recurso contencioso administrativo contra resolución administrativa de fecha 26 de junio de 1996, desestimatoria de recurso ordinario instado contra la reclamación de cuotas del R.E.T.A.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presente autos, se les dio el cauce procesal previsto por la ley de esta jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Acordado por auto de fecha 15 de abril de 1997 el recibimiento del precedente pleito a prueba y tras los oportunos trámites que prescribe la Ley Jurisdiccional en sus respectivos artículos, en concordancia con los de la L.E.C., por providencia de fecha 2 de febrero de 2.000, se dio traslado a las partes acerca de la aplicación de la Disposición Transitoria única de la Ley Orgánica 6/98, sobre conocimiento del proceso por Tribunal Unipersonal, no habiendo realizado las partes oposición alguna, constituyéndose la Sala con el Magistrado Ponente y quedando los autos conclusos para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Impugna el recurrente, a través del presente proceso la Resolución de 14/2/1996 de la Dirección Provincial de Barcelona de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se desestima el recurso ordinario interpuesto contra reclamación de...

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