STSJ Castilla-La Mancha , 26 de Febrero de 2000

PonenteMARIA DE LOS ANGELES PADIAL DE MERA
ECLIES:TSJCLM:2000:719
Número de Recurso1318/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

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Recurso núm. 1.318 de 1.997 ALBACETE S E N T E N C I A Nº 219 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 2ª.

Iltmos. Sres.:

Presidente:

D. Vicente Manuel Rouco Rodríguez Magistrados:

Dª Raquel Iranzo Prades Dª Mª de los Angeles Padial de Mera En Albacete, a veintiseis de Febrero de dos mil. Vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, los presentes autos nº 1.318 de 1.997 del recurso contencioso administrativo seguido a instancia de PROMOCIONES SILVESTRE Y FALCON, S.A. (PROSYFSA) representada y dirigida por el Letrado Don José Ramón Remiro Brotons contra la GERENCIA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO PROVINCIAL DE GESTIÓN TRIBUTARIA DE ALBACETE que no ha comparecido en las actuaciones, siendo codemandado el AYUNTAMIENTO DE HELLIN, que ha estado representado y dirigido por el Letrado Don José Rueda de Rueda. Sobre derivación responsabilidad tributaria a administradores; siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Mª de los Angeles Padial de Mera; y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplicó se dictase Sentencia por la que se declarase la nulidad del acto recurrido, dejando sin efecto la sanción impuesta por la Gerencia del Organismo Autónomo Provincial de Gestión Tributaria de Albacete.

SEGUNDO

Por la parte demandada no se contestó a la demanda, al no haber comparecido en las actuaciones.

TERCERO

Por la parte codemandada se contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictase Sentencia por la que se desestimara íntegramente el recurso planteado.

CUARTO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, se practicó la propuesta por las partes que resultó admitida y se emplazó a las mismas para que evacuasen el trámite de conclusiones, y cumplido el mismo, quedaron los autos pendientes de votación y fallo.

QUINTO

Se señaló la votación y fallo del Recurso el día 30 de Noviembre de 1.999.

SEXTO

En la tramitación del presente Recurso, se han observado todas las prescipciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra la resolución dictada por el Organismo Autónomo Provincial de Gestión Tributaria de Albacete de 18 de Abril de 1.997, que, desestimando el recurso deducido por el demandante, confirmaba acuerdo sobre derivación de responsabilidad subsidiaria a Don Alberto como DIRECCION000 de la mercantil "Promociones Silvestre y Falcón, S.A." por impago de una deuda de 9.780.381 pesetas por los impuestos de Actividades Económicas e Incremento de Valor de los terrenos en el Ayuntamiento de Hellín.

SEGUNDO

Sostiene la parte recurrente que la resolución que se impugna no resulta ajustada a derecho, en cuanto que en el...

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