STSJ Asturias , 19 de Mayo de 2001

PonenteJOSE MANUEL GONZALEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAS:2001:2294
Número de Recurso1528/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección 1 OVIEDO 55820 PLAZA PORLIER, S/N Número de Identificación único: 33000 3 0100824 /2001 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1528 /1997 Sobre De D/ña. Silvia Procurador/a Sr/a. ENCARNACION LOSA PEREZ-CURIEL Contra D/ña. AYTO OVIEDO PROCURADOR LUIS DE MIGUEL-BUERES Y FERNANDEZ SENTENCIA nº 381 Ilmos. Sres.

Presidente:

D. José Antonio Morilla García Cernuda Magistrados:

D. Rafael Fonseca González D José Manuel González Rodríguez En Oviedo, a diecinueve de mayo de dos mil uno. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 1528/1997, interpuesto por la Procuradora Sra. Encarnación Losa Perez-Curiel en nombre y representación de DÑA Silvia bajo la dirección Letrada de Dña Mercedes García Fernández contra el AYUNTAMIENTO DE OVIEDO, representado por el Procurador Sr. Luis de Miguel-Bueres y Fernández sobre responsabilidad patrimonial.

Actuando en calidad de codemandada MAPFRE INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANONIMA DE SEGUROS, representada por la Procuradora Dña. Paz Richard Milla y asistida por el Letrado D. Francisco A. Gambarte Cao Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. José Manuel González Rodríguez

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, una vez publicado el anuncio preceptivo en el BOPA y recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia, estimando el recurso interpuesto, se anule la resolución impugnada de fecha 16 de abril de 1997, se declare la existencia de responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento, así como se le condene al pago de la cantidad de 363.000 pesetas en concepto de indemnización por los daños y secuelas causadas, mas las cantidades como perjuicios en período probatorio resulten probadas, mas lo intereses legales A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites se dicte sentencia por la que se declare la desestimación del recurso, por estar los acuerdos municipales aquí impugnados dictados de conformidad con el Ordenamiento Jurídico, absolviendo al Excmo. Ayuntamiento de Oviedo de todas las pretensiones deducidas en la demanda, y confirmando los mismos en todas sus partes, con expresa condena en costas a la parte recurrente.

TERCERO

Conferido traslado a la parte codemandada, lo hizo en tiempo y forma alegando: se dicte sentencia en virtud de la cual, con la desestimación del recurso, por estar los acuerdos municipales impugnados dictados de conformidad con el ordenamiento jurídico, absolviendo a la codemandada de lo solicitado en su contra, con expresa imposición de costas a la parte recurrente.

CUARTO

Por Auto de fecha 22 de junio de 1999 se recibió el procedimiento a prueba, habiéndose practicado las propuestas por las partes y admitidas, con el resultado que obra en autos.

QUINTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.

SEXTO

Se señaló para la votación y Fallo del presente recurso el día once de mayo de 2001

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna por la representación procesal de la recurrente la resolución del Concejal del Area de Infraestructuras del Ayuntamiento de...

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