STSJ Comunidad de Madrid , 19 de Diciembre de 2002

PonenteELVIRA ADORACION RODRIGUEZ MARTI
ECLIES:TSJM:2002:17895
Número de Recurso3433/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso 3433/96 SENTENCIA NUMERO 1423 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:

Presidente.

D. Javier E. López Candela.

Magistrados:

Dñª. Elvira Adoración Rodríguez Martí.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

Dñª. Sandra González de Lara Mingo.

D. Miguel Angel García Alonso D. Francisco Javier Canabal Conejos.

D. Enrique Calderón de la Iglesia.

En la Villa de Madrid, diecinueve de Diciembre de 2002.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 3433/96 interpuesto por Planificaciones y Promociones Inmobiliarias S.A. representado por el Procurador Dña Cayetana de Zulueta Luchsinger contra la resolución de fecha 4 de Noviembre de 1996, dictada por el Excmo. Ayuntamiento de Torrelodones, por la que se desestima la reclamación de responsabilidad patrimonial de la recurrente de fecha 2 de Abril de 1996, por la actuación de dicha corporación local en "Los Herrenes", con número de salida 8939 RN/rm. Siendo parte el Ayuntamiento de Torrelodones, representado por la Procuradora Dña. Blanca Berriatua Horta, y como codemandada la Comunidad de Madrid representada y asistida por el Letrado Don Arturo A. Merelo Cueva.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de fecha 9 de Diciembre de 1999, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada. Solicitando el recibimiento a prueba del presente recurso.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado a la representación, para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 10 de Mayo de 2000 y el codemandado lo verificó por escrito de fecha 12 de Julio de 2000, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideraron pertinentes, las partes terminaron suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Que por auto de fecha 24 de Julio de 2000 se acordó recibir a prueba el presente recurso, a cuyo efecto se concede a las partes el término de treinta días comunes para la proposición y practica de prueba, no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado; señalándose para la votación y fallo del presente recurso el día 19 de Diciembre de 2002, a las 10 horas de su mañana, en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilma. Sra. Dña Elvira Adoración Rodríguez Martí.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La recurrente "Planificaciones y Promociones Inmobiliarias S.A." representada por Dña Cayetana de Zulueta Luchsinger, impugna la resolución dictada por el Ayuntamiento de Torrelodones en fecha...

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