STSJ Andalucía , 23 de Marzo de 2006

PonenteDon Victoriano Valpuesta
ECLIES:TSJAND:2006:828
Número de Recurso322/2000
ProcedimientoDon Victoriano Valpuesta
Fecha de Resolución23 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA EN SEVILLA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

RECURSO Nº 322/2000

(Registro General número 1.151/2000)

SENTENCIA

Iltmo. Sr. Presidente

Don Ruperto Martínez Morales.

Iltmos. Sres. Magistrados

Don Victoriano Valpuesta Bermúdez.

Don Enrique Gabaldón Codesido.

En la ciudad de Sevilla, a veintitrés de marzo del año dos mil seis.

La Sala en Sevilla de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha visto el recurso número 322/2000, interpuesto por don Eugenio, representado por el Procurador don Manuel Martín Toribio y defendido por Letrado, contra la Administración de la Junta de Andalucía (Consejería de Medio Ambiente), representada y defendido por el Letrado don Antonio Luis Faya Barrios. La cuantía del recurso es de 450.260 pesetas. Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Don Victoriano Valpuesta Bermúdez, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 25 de marzo del 2000, contra la resolución de 17 de diciembre de 1999 del Consejero de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía por la que se desestima la reclamación patrimonial de perjuicios deducida por el recurrente el día 1 de junio de 1999.

SEGUNDO

En el escrito de demanda la recurrente solicitó que se dictara sentencia por la que se declarara nulo el acto objeto del recurso y, asimismo, se declarara su derecho a ser indemnizado por la referida Administración en la cantidad de 450.260 pesetas, más intereses y costas.

TERCERO

En el escrito de contestación a la demanda, la Administración se opuso a las pretensiones del recurrente, y pidió se dictara sentencia por la que se desestimase íntegramente la demanda.

CUARTO

Recibido el recurso a prueba, se practicaron las propuestas que fueron admitidas, y tras evacuarse los escritos de conclusiones por las partes y quedar conclusas las actuaciones para sentencia, se señaló para deliberación, votación y fallo el día de ayer, en el que, efectivamente, se ha votado y fallado.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales, salvo determinados plazos por la acumulación de asuntos que pende en esta Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Al amparo de lo previsto en el artículo 106.2 de la C.E. y artículos 139 y ss. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se reclama por el recurrente la indemnización ascendente a la suma de 450.260 pesetas, conforme se tasan tales daños en el informe pericial en su día presentado por el reclamante, por los daños habidos en los cultivos de la finca de su propiedad "Castilseco" del término municipal de Puente Genil (pérdida de la cosecha de trigo en una superficie de 2,5 hectáreas), enclavada dentro de la zona de protección de la reserva natural de la laguna de Tíscar, a causa de la fauna silvestre (principalmente conejos) que habita en la citada reserva.

SEGUNDO

Por la Administración demandada se aduce,...

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