STSJ Comunidad de Madrid 1960/2006, 23 de Noviembre de 2006

PonenteMARCIAL VIÑOLY PALOP
ECLIES:TSJM:2006:17158
Número de Recurso346/2006
Número de Resolución1960/2006
Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J. MADRID CON/AD SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 01960/2006

Recurso de apelación 346/2006

SENTENCIA NÚMERO 1960

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCI0N SEGUNDA

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Ilustrísimos señores:

Presidente.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

Magistrados:

Dñª. Elvira Adoración Rodríguez Martí.

D. Miguel Angel García Alonso.

Dña. Sandra González de Lara Mingo.

D. Francisco Javier Canabal Conejos.

D. Marcial Viñoly Palop

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En la Villa de Madrid, a veintitrés de noviembre de dos mil seis.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso de apelación número 346/2006, interpuesto por el Excmo. Ayuntamiento de Madrid, representada por el Letrado del Ayuntamiento, contra la Sentencia de fecha 25-11-2005, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 12 de los de Madrid, en el recurso de Procedimiento Ordinario nº 121/2004. Ha sido parte apelada Dª Concepción, estando representado por la Letrado Mª Esperanza Morante García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 25-11-2005, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 12 de los de esta ciudad, en el Procedimiento Ordinario nº 121/04, se dictó Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Estimo parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la letrada Dª Esperanza Morante García en nombre y representación de Dª Concepción contra la resolución de 17 de diciembre de 2003 dictada por la Secretaría General Técnica de Medio Ambiente y Servicios a la Ciudad del Ayuntamiento de Madrid anulándose la misma por no ser conforme a derecho y condeno a la Administración demandada y a la entidad Zurich España, solidariamente, a satisfacer a la actora la cantidad e 7.658,28 euros, y desestimo el recurso en cuanto a los demás que solicita la recurrente sin hacer especial pronunciamiento en costas. Contra esta sentencia cabe recurso de apelación en ambos efectos, que puede interponerse en el plazo de QUINCE DIAS en este Juzgado, para ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid".

SEGUNDO

Por escrito presentado el día 23-12-2005, por el Letrado del Ayuntamiento de Madrid, se interpuso recurso de apelación contra la citada sentencia formulando los motivos de impugnación frente a la resolución recurrida y terminó solicitando su admisión y estimación.

TERCERO

Por providencia de fecha 2-1-2006, se admitió a trámite el recurso y se acordó dar traslado del mismo a la parte contraria, presentándose por la representación de Dª Concepción, escrito el día 19-1-2006, por el que se opuso al mismo y solicitó su desestimación y la confirmación de la Resolución recurrida.

CUARTO

Por resolución de fecha 9-2-2006, se elevaron las actuaciones de este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta Sección Segunda, siendo designado Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Marcial Viñoly Palop, señalándose el día 23-11-2006, para la deliberación votación y fallo del recurso de apelación en que tuvo lugar.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones de los artículos 80.3 y 85 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa 29/1.998.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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