STSJ Cataluña , 16 de Enero de 2001

PonenteMARIA LUISA PEREZ BORRAT
ECLIES:TSJCAT:2001:493
Número de Recurso195/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION CUARTA Recurso n° 195/97 Partes: INTERALIMENT, S.A. C/ TEARC y SANIDAD Y CONSUMO EXTERIORES DE CATALUÑA SENTENCIA N°14 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. EDUARDO BARRACHINA JUAN MAGISTRADOS Dª. Mª LUISA PÉREZ BORRAT Dª CONCEPCIÓN ALDAMA BAQUEDANO En la ciudad de Barcelona, a dieciséis de enero de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION CUARTA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

195/97, interpuesto por la entidad mercantil INTERALIMENT, S.A., representada por el Procurador D. Carles Arcas Hernández y asistida por el Letrado D. Agustí Llorens, contra TRIBUNAL ECONÓMICO- ADMINISTRATIVO REGIONAL, DE CATALUÑA, y SANIDAD Y CONSUMO EXTERIORES DE CATALUÑA representado y asistido por el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada De Mª LUISA PÉREZ BORRAT, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Procurador Sr. Arcas Hernández, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la Resolución del Tribunal Económico- Administrativo Regional de Cataluña de 27 de septiembre de 1.996, recaída en la reclamación n° 18876/95 y acumuladas, en concepto de Tasa por controles sanitarios.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por Auto de 27 de octubre de 1.997, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, practicándose las pruebas propuestas y declaradas pertinentes con el resultado obrante en autos.

Seguidamente, se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron, haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación y finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo que ha tenido lugar el 11 de enero del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto de este proceso consiste en determinar la legalidad de la resolución administrativa objeto de impugnación, esto es la resolución del TEAR de 27 de septiembre de 1996, que resolviendo la reclamación económico-administrativa núm. 18876/95 y acumuladas confirmó las liquidaciones giradas por el Servicio de Sanidad y Consumo Exteriores de Cataluña practicadas en concepto de la denominada "Tasa por servicios Sanitarios", como consecuencia del control veterinario de pescados y mariscos y procedente de preparaciones de surimi, todos ellos congelados importados por la Sociedad ahora reclamante, procedentes de país tercero, a la C.E.E., en cuantía de la liquidación de 48.415.-ptás la más elevada.

SEGUNDO

Como ya hemos dicho en otras sentencias, entre ellas la número 416 de 7 de abril de 2.000, recaída en el recurso contencioso-administrativo núm. 490/96, a efectos de poder determinar la influencia que dicha Tasa Sanitaria mantiene con el Derecho Comunitario, debe tenerse en cuenta que el Real Decreto 2.022/93, de 19 de noviembre, incorporó a la legislación española, determinados principios procedentes de la Directiva del Consejo 90/675/CEE en cuanto a armonización de la normativa aplicable en los controles que se deben efectuar por los respectivos Estados miembros de la Unión Europea, a través de los funcionarios...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR