STSJ Comunidad de Madrid 930/2007, 17 de Mayo de 2007

PonenteJUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ
ECLIES:TSJM:2007:10894
Número de Recurso224/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución930/2007
Fecha de Resolución17 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 00930/2007

RECURSO Nº 224/2.003

SENTENCIA Nº 930

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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

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Ilustrísimos Señores:

Presidente:

D. Juan F López de Hontanar Sánchez

Magistrados:

Dª. Elvira Adoración Rodríguez Martí

D. Miguel Ángel García Alonso

D. Francisco Javier Canabal Conejos

Dª Sandra González de Lara Mingo

D. Marcial Viñoly Palop

En la Villa de Madrid a diecisiete de Mayo del año dos mil siete.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos del recurso contencioso-administrativo número 224 de 2.003, interpuesto por la entidad «MAPFRE, Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija» representada por el Procurador Don Julián Caballero Aguado y asistido por el Letrado Don José Carrión Navarro contra el Decreto de 22 de Noviembre de 2.002 del Concejal Delegado de Régimen Interior y Patrimonio del Ayuntamiento de Madrid, que ordenó el archivo del expediente iniciado por reclamación formulada el día 17 de Julio de 2.002 para exigir indemnización los daños como consecuencia de los daños ocasionados al vehículo....-FXF, con motivo de obras en la calle Felisa Méndez, núm. 24, el día 17 de Julio de 2001. Ha sido parte el Ayuntamiento de Madrid representado por inicialmente por el Procurador Don Felipe Juanas Blanco y posteriormente por el Procurador Don Luis Fernando Granados Bravo, y como codemandada la entidad aseguradora "Zurich España, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A." representada por inicialmente por el Procurador Don Federico José Olivares de Santiago, y posteriormente por la Procuradora Doña María Granizo Palomeque y asistido por la Letrada Doña Olga E. Romero Martín y la entidad «Canal de Isabel II» asistido y representado por el Letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma de Madrid.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, el Procurador Don Julián Caballero Aguado en representación de la entidad «MAPFRE, Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija» formalizó demanda el día 30 de Junio de 2.003, en la que tras en la que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando Sentencia por la que estimando íntegramente la demanda deducida, se condene a la administración a abonar a la entidad «MAPFRE, Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija» la suma de 338,42 Euros, intereses legales y con expresa imposición de costas a la demandada si se opusiere.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado al Procurador Don Felipe Juanas Blanco para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito presentado el 2 de Septiembre de 2.003, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando la desestimación del Recurso Contencioso Administrativo con declaración de no haber responsabilidad patrimonial de la administración municipal.

TERCERO

Conferido traslado para contestación a la demanda por la Procuradora Doña María Granizo Palomeque en representación de la codemandada la entidad aseguradora "Zurich España, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A." se presentó escrito el día 22 de Noviembre de 2.004 contestando dicha demanda en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida, por ser la misma ajustada a Derecho, con imposición de costas a la parte demandante.

CUARTO

Conferido traslado para contestación a la demanda por el Letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma de Madrid en representación de la codemandada el «Canal de Isabel II» se presentó escrito el día 5 de Julio de 2.005 contestando dicha demanda en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida, por ser la misma ajustada a Derecho, con imposición de costas a la parte demandante.

QUINTO

Por auto de 26 de Diciembre de 2.005 se acordó recibir el recurso a prueba por término de quince días para proponer y otros treinta días para practicar, practicándose la admitida con el resultado que obra en las actuaciones.

SEXTO

Que, no estimándose necesaria la celebración de vista pública se concedió a las partes el término de diez días para concluir por escrito, lo que consta realizado señalándose para la deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 17 de Mayo de 2.007 a las 10,00 horas de su mañana en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilustrísimo Señor Don Juan F López de Hontanar Sánchez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por el Procurador Don Julián Caballero Aguado en representación de la entidad «MAPFRE, Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija» interpone recurso contencioso administrativo contra el Decreto de 22 de Noviembre de 2.002 del Concejal Delegado de Régimen Interior y Patrimonio del Ayuntamiento de Madrid, que ordenó el archivo del expediente iniciado por reclamación formulada el día 17 de Julio de 2.002 para exigir indemnización los daños como consecuencia de los daños ocasionados al vehículo....-FXF, con motivo de obras en la calle Felisa Méndez, núm. 24, el día 17 de Julio de 2001

SEGUNDO

Con carácter previo al examen de la cuestión, procede señalar que, configurada por primera vez en 1954, dentro de la Ley de Expropiación Forzosa, en el artículo...

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